Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Decreto Ley N° 910, de 1975, Art 21° – Circular N° 26, de 1987. - Doctrina Administrativa - VLEX 524649570

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Decreto Ley N° 910, de 1975, Art 21° – Circular N° 26, de 1987.

Fecha27 Mayo 2009
Número de sentencia1834
Normativa aplicadaIVA

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – DECRETO LEY N° 910, DE 1975, ART 21° – CIRCULAR N° 26, DE 1987.

(ORD. N° 1.834, DE 27.05.2009)

Aplicación del beneficio establecido en el artículo 21°, del Decreto Ley N° 910, de 1975, respecto de labores preparatorias de demolición, excavación y otras anteriores a la construcción de un edificio.

  1. - Se han recibido en esta Dirección Nacional sus oficios del antecedente, mediante los cuales plantea diversas consultas relacionadas con la aplicación del beneficio contenido en el Art. 21°, del D.L. N° 910.

    En su Ord. 421, señala que actualmente se está desarrollando en esa Dirección Regional una revisión de diversas empresas constructoras que utilizan la franquicia establecida en el Art. 21° del D.L. N° 910. En el marco de estas revisiones se han suscitado dudas acerca de la aplicación del beneficio en comento, relacionadas principalmente con tres actividades que más adelante se detallan, correspondiendo a labores preparatorias de demolición, excavación y otras labores preliminares anteriores a la construcción misma de un edificio y a la construcción de la primera etapa del Parque Bicentenario.

    Los tres casos que motivan la consulta son los siguientes:

    Caso 1: Contrato de ejecución de obras preliminares de fecha 30/9/2006 celebrado entre Inmobiliaria XXX S.A. (propietaria) y YYY S.A. (contratista o empresa constructora):

    En este sentido existen varios casos sujetos a revisión en que además del contrato de construcción por suma alzada, ambas partes celebran primeramente un contrato de ejecución de obras preliminares. Específicamente, en la cláusula tercera se indica que: “Por el presente acto y contrato, y atendido a que aún no se a (sic) perfeccionado el contrato de construcción señalado en la cláusula segunda anterior y con el objeto de no retrasar las labores previas de preparación del terreno, cierros, apuntalamiento de algunas fachadas y muros medianeros, etc. La sociedad Inmobiliaria XXX S.A., representada en la forma señalada en la comparecencia, encarga a YYY S.A., para quien aceptan sus representantes, la dirección, administración y ejecución de las obras preliminares anteriormente mencionadas necesarias para que con posterioridad a la ejecución y recepción conforme de las contratadas, se inicie la construcción de las fundaciones del proyecto inmobiliario denominado “Edificio 1 Condominio BBCC”.

    Caso 2: Contrato de excavación y socalzados por suma alzada de fecha 20/7/2006, celebrado entre Inmobiliaria TTT S.A. (propietario) y Constructora ZZZ S.A. (contratista):

    Las partes de este contrato acordaron que el contratista se encargaría de la dirección, administración y ejecución de los trabajos de excavación y socalzado de la primera etapa del proyecto denominado “Edificio TTTTT”. Además, señalan las partes en el párrafo final del artículo Cuarto del contrato que las obras materia del presente contrato estarán gravadas con IVA. También expresan que los trabajos contratados, constituyen la primera etapa de construcción de edificios de uso exclusivo habitacional, por lo que resulta aplicable el beneficio establecido en el artículo 21°, del D.L. N° 910.

    Se adjuntó durante el proceso de revisión un permiso de instalación de faenas, emitido con fecha 5/9/2006, por la I. Municipalidad de AAA, en el cual se detalla como materia: Instalación de faenas, 2 grúas torre y excavaciones.

    Con posterioridad, con fecha 18/10/2006, estas mismas partes celebraron un...

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