Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. 8°, Art. 2°, N°2, Art. 52°, Art. 15° – Código de Comercio, Art. 3° – D.L. N° 824, de 1974, Art. 59° – Circular N° 61, de 1997. - Doctrina Administrativa - VLEX 524650126

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. 8°, Art. 2°, N°2, Art. 52°, Art. 15° – Código de Comercio, Art. 3° – D.L. N° 824, de 1974, Art. 59° – Circular N° 61, de 1997.

Fecha05 Febrero 2009
Número de sentencia273
Normativa aplicadaIVA

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 8°, ART. 2°, N°2, ART. 52°, ART. 15°CÓDIGO DE COMERCIO, ART. 3° – D.L. N°824, DE 1974, ART. 59° – CIRCULAR N° 61, DE 1997. (ORD. N°273, DE 05.02.2009)

Impuesto al Valor Agregado que afecta a contrato de locación de servicios – Conforme las cláusulas del contrato, la actividad realizada por el contribuyente, consiste en promocionar y comercializar este sistema de trabajo destinado a que jóvenes universitarios trabajen en el exterior, este Servicio estima que la labor desarrollada corresponde a aquella propia de los corredores, clasificándose la referida actividad en el N°4, del artículo 20°, de la Ley sobre Impuesto a la Renta, por lo que dichos servicios, se encuentran gravados con el Impuesto al Valor Agregado – De acuerdo con las instrucciones impartidas por este Servicio, a través de la Circular N° 21, de 1991, se señala que son corredores las personas que prestan mediación asalariada a las partes con el fin de facilitarles la conclusión de sus contratos. Los corredores no celebran contratos por cuenta de terceros, sino que su labor consiste en poner de acuerdo a las partes para la concreción de sus negocios – Tratamiento tributario aplicable al contrato de franquicia – Las sumas remesadas en virtud del precitado contrato se encontrarán gravadas con el Impuesto al Valor Agregado, pero atendido que los pagos efectuados por la cesión se gravan con el Impuesto Adicional, conforme lo señalado en el artículo 59°, de la Ley de la Renta, dichas sumas se encontrarán exentas de IVA, en virtud del Art. 12°, letra E), N° 7, del D.L. N° 825, de 1974.

  1. - Se ha recibido en esta Dirección Nacional su presentación del antecedente, mediante la cual traslada una presentación de la Sociedad XXXX, quien consulta respecto de la tributación y documentos a emitir, por actividad consistente en captar clientes a nivel nacional con el fin de ubicarlos en puestos de trabajo en el extranjero, por el cual pagan un determinado valor.

    En su presentación el contribuyente señala que posee varios giros de tipo comercial, siendo su principal actividad la de Agencia de Intercambio Cultural, donde representa una franquicia llamada YYYY, cuya casa matriz funciona en Argentina.

    La actividad como agencia de intercambio cultural consiste en captar clientes a nivel nacional, que deseen viajar a trabajar a Estados Unidos o Europa, donde la agencia les consigue un empleador en el lugar de destino, a través, de TTTT, coordinando en Chile todos los trámites necesarios para que esa persona viaje a trabajar al lugar deseado.

    El cliente paga un valor total por programa de viaje. De ese valor, el contribuyente recibe un porcentaje y la diferencia es depositada a TTTT.

    A raíz de lo anterior, realiza diversas consultas relacionadas con la documentación a emitir por el servicio prestado, así como el monto de la base imponible de dichas prestaciones. Además, consulta si se debe pedir a la sociedad argentina la emisión de una factura por el monto remesado y, en caso de emitirse la documentación, requiere saber si esas facturas tienen validez en Chile.

  2. - Como antecedentes, el contribuyente adjuntó dos tipos de contratos. Uno de ellos, denominado “Contrato de Locación de...

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