Decreto 579 EXENTO - PONE TÉRMINO A CONDICIONES DE USO EXCEPCIONAL DE VEHÍCULOS QUE INDICA Y AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE SINGULARIZA EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 234820506

Decreto 579 EXENTO - PONE TÉRMINO A CONDICIONES DE USO EXCEPCIONAL DE VEHÍCULOS QUE INDICA Y AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE SINGULARIZA EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

PONE TÉRMINO A CONDICIONES DE USO EXCEPCIONAL DE VEHÍCULOS QUE INDICA Y AUTORIZA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE SINGULARIZA EN LOS TÉRMINOS QUE SEÑALA

Santiago, 1 de septiembre de 2010.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 579 exento.- Visto: Lo dispuesto en el DL Nº 799, de 1974; el DS Nº 19 de 2001, del Ministerio SEGPRES; las instrucciones impartidas por los Sres. Ministros del Interior y de Hacienda a través del oficio circular Nº 26, de 2003, y por la Contraloría General de la República en el oficio circular Nº 35.593, de 1995, sobre el uso y circulación de vehículos estatales; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; el Ord. Nº 2.102, de 2010, del Secretario Regional Ministerial Metropolitano de Vivienda y Urbanismo, y

Teniendo presente:

  1. Que mediante decreto exento (V. y U.) Nº 669, de 2009, se autorizó la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos, a los vehículos patentes CCRW.39-1 y MZ.5600-3, y además se les eximió de la obligación de llevar pintado el disco fiscal, ambos asignados a la Secretaría Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo.

  2. Que es preciso poner término a la exención de uso de disco fiscal manteniendo su circulación en días y horas inhábiles del vehículo patente CCRW.39-1 y facultar a los vehículos asignados a la Secretaría Ministrerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo, patentes CDHP.90-K y MZ.5600-3, para que puedan circular en horas y días inhábiles de acuerdo con lo dispuesto en el punto 4.- del oficio circular Nº 26 de 2003, de los Ministerios del Interior y de Hacienda y lo informado a través de los oficios Nº 13.742 y 14.097, ambos de 2004, del Subsecretario del Interior.

Decreto:

  1. - Pónese término a contar de esta fecha a la exención del uso de disco fiscal del artículo 3º del DL Nº 799, de 1974, autorizadas por decreto exento Nº 669 (V. y U.), de 2009, para el Station Wagon marca Hyundai, modelo Tucson GL 2.0, año 2009, motor Nº D4EA9731272, chasis Nº KMHJM81VP9U085236, color plateado, I.R.N.V.M. CCRW.39-1, y camioneta marca Nissan, modelo D22 Terrano D Cab. 2.5, año 2007, motor Nº YD25230324A, chasis NºJN1CPGD22U0075619, color plateado plata, I.R.N.V.M. MZ.5600-3.

  2. - Autorízase la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos de los vehículos que a continuación se singularizan, a que se refiere el artículo 1º del DL Nº 799, de 1974.

Seremi MINVU Región Metropolitana

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