Decreto núm. 143 EXENTO, publicado el 29 de Agosto de 1998. ESTABLECE PERIODO DE VEDA DE CONSERVACION EN EL HUMEDAL EL YALI, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, QUINTA REGION - vLex Chile

Decreto núm. 143 EXENTO, publicado el 29 de Agosto de 1998. ESTABLECE PERIODO DE VEDA DE CONSERVACION EN EL HUMEDAL EL YALI, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, QUINTA REGION

EmisorMinisterio de Agricultura
Fecha de disposición11 Agosto 1998
Fecha de publicación29 Agosto 1998
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho del Medio Ambiente

ESTABLECE PERIODO DE VEDA DE CONSERVACION EN EL HUMEDAL EL YALI, PROVINCIA DE SAN ANTONIO, QUINTA REGION

Santiago, 11 de agosto de 1998.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 143 exento.- Visto: lo informado por el Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº4.601, cuyo texto fue sustituido por la ley Nº19.473, sobre caza, el decreto Nº133, de 1992, del Ministerio de Agricultura; en el DFL. Nº294, de 1960, orgánico del Ministerio de Agricultura; la ley Nº18.755, modificada por la ley Nº19.283, el decreto Nº186, de 1994, del Ministerio de Agricultura; y los artículos 32º, Nº8 y 35º de la Constitución Política de la República, y

Considerando:

  1. - Que es deber del Estado velar por la preservación de la naturaleza y la conservación y acrecentamiento de los recursos naturales del país.

  2. - Que el cuerpo de agua Estero El Yali y zonas aledañas constituyen uno de los escasos ambientes naturales para la reproducción y hábitat de numerosas especies de vida silvestre acuática de la Provincia de San Antonio, Quinta Región.

  3. - Que entre tales especies existen diversas aves acuáticas migratorias, las que corresponde protegerlas en virtud del ''Convenio sobre la Conservación de Especies Migratorias de la Fauna Salvaje''.

  4. -...

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