Título IV. Procedimiento relativo a personas que gozan de fuero constitucional - Reforma Procesal Penal. Génesis, historia sistematizada y concordancias. Tomo III: Código Procesal Penal, Libro tercero y cuarto - Libros y Revistas - VLEX 71604258

Título IV. Procedimiento relativo a personas que gozan de fuero constitucional

AutorCristian Maturana Miquel
Cargo del AutorDirector Departamento Derecho Procesal Facultad de Derecho de la Universidad de Chile
Páginas261-290

Page 261

CÓDIGO PROCESAL PENAL

Título IV

Procedimiento relativo a personas que gozan de fuero constitucional

ANTEPROYECTO

Título IV

Procedimiento relativo a personas que gozan de fuero constitucional

MENSAJE

(texto igual a Anteproyecto)

CÁMARA DE DIPUTADOS

(texto igual a Anteproyecto)

SENADO

(texto igual a Anteproyecto)

COMISIÓN MIXTA

(texto igual a Anteproyecto)

ORÍGENES

1. Normativa del senado referente al desafuero
1.1. Rechazo de la norma del Senado por la H Cámara de Diputados; H. Diputado señor Elgueta

1.1.1. Discordancia con normativa vigente y la normativa del nuevo proceso penal: "Se rechazan todas las disposiciones relativas al fuero y desafuero de las autoridades señaladas en la Carta Fundamental, como senadores, diputados, ex Presidentes de la República de período completo, intendentes y gobernadores, puesto que fueron objeto de críticas por no situarse o no corresponder a lo que dictaminan la Constitución y las nuevas normas sobre proceso penal.

En efecto, para dar lugar al desafuero se exige que existan antecedentes para acusar; pero cuando llegamos a la acusación en este nuevo proceso penal ya ha ocurrido toda la investigación, y esto supone necesariamente una investigación previa. En el caso de un senador o un diputado se habría completado todo el proceso de investigación, y cuando llega el momento de acusar se recurre a la corte de apelaciones para obtener el desafuero."110

1.1.2. Investigación de un aforado sin desafuero: "La pregunta que surgió en la Comisión fue cómo investigar a un aforado sin desafuero. En la actualidad, el desafuero es un antejuicio donde hay sólo diligencias preliminares y, además, existen elementos o circunstancias que permiten la detención o la privación de libertad de la persona. Sin embargo, acá se va mucho más allá, puesto que exige el proceso prácticamente Page 262 completo hasta llegar a la acusación, porque después viene el juicio oral."111

1.1.3. Apelación en caso que la corte de apelaciones niegue el desafuero; Antecedentes históricos: "De acuerdo con la historia de la Constitución de 1925, continuada por la de 1980, en las actas constitucionales y en la historia de la primera Carta Fundamental mencionada se dejó expresa constancia de que el recurso de apelación era procedente en caso de denegarse el desafuero."112

1.1.4. Duración del desafuero: "[...] En la situación actual implica una verdadera condena anticipada, puesto que esta duración es indefinida y no se suspende mientras dura el proceso. En consecuencia, para que termine la suspensión del cargo, durante la cual el parlamentario o las personas aforadas no pueden desempeñar sus funciones, puede transcurrir un tiempo muy largo. Naturalmente, si termina absuelto, ese castigo impuesto para impedir cumplir sus funciones constituye una sanción anticipada que va contra las normas del debido proceso."113

1.1.5. Consecuencias del rechazo del desafuero: "Tampoco se contempla en estas materias relativas al desafuero qué ocurre en caso de negarse éste. Si el proceso se archiva o se sobresee definitivamente o cuál es la solución que la ley ofrece para resolver situaciones en que, con posterioridad a la negativa del desafuero, pueden ocurrir hechos o traerse a colación pruebas que no se conocieron antes y, en consecuencia, si se sobresee definitivamente, como lo propone el Senado, y se archiva el proceso, éste jamás podría reabrirse no obstante haberse cometido un delito, pero que, de acuerdo con nuevos elementos de convicción, una persona aforada resulta culpable o responsable."114

1.2. Rechazo de la norma del Senado por la H Cámara de Diputados

H. Diputado señor Maximiano Errázuriz: "[...] En verdad, este tema se viene arrastrando desde hace mucho tiempo, porque hay delitos, como injurias y calumnias, que tienen una sanción muy baja. Como la pena no es aflictiva -en su grado máximo llega a tres años-, las personas que se querellan contra autoridades provistas de fuero, en especial parlamentarios, logran el desafuero y después prolongan en forma indefinida el juicio, Page 263 con el objeto de privarlos de su concurrencia al Congreso. Digo esto, porque en 1971 me querellé por injurias en contra del ex diputado socialista don Joel Marambio, y me preocupé de alargar el juicio a través de innumerables diligencias, con el fin de impedirle concurrir a la Cámara. Creo que esa no es la idea, sino someterlo a proceso; pero hay que buscar una fórmula que impida que por la vía del desafuero se alargue un juicio en que, en definitiva, resulta mucho más grave que la sentencia la privación del fuero del afectado."115

2. Discusión en la comisión mixta
2.1. Planteamiento de la Cámara por posición del Senado

Comisión Mixta: "Los HH. señoras Diputadas y señores Diputados que integraron la Comisión Mixta dieron a conocer su preocupación porque el hecho de que el H. Senado estableciera el cierre de la investigación como la oportunidad para impetrar el desafuero de un parlamentario -o intendente y gobernador, en su caso- podría entenderse como que la investigación se habría debido llevar a cabo sin poderse decretar ninguna medida cautelar personal, ni ninguna diligencia de aquellas que necesitan autorización judicial, que se refirieran a la persona aforada. Similar inquietud concurre en el caso de la querella de capítulos."116

2.2. Análisis de la normativa constitucional

Comisión Mixta: "La Comisión Mixta analizó detenidamente el artículo 58 de la Constitución Política. Varios de sus HH. señores miembros dejaron constancia de la necesidad de revisar este instituto, con vistas a su supresión del texto constitucional."117

2.2.1. Concepto de "formación de causa"

Comisión Mixta: "Sin perjuicio de esas opiniones, a la Comisión Mixta le pareció claro que, de acuerdo a la Carta Fundamental, la protección que emana del fuero se refiere a que el diputado o senador 'no puede ser procesado ni privado de su libertad' sin que se declare haber lugar a formación de causa. El concepto de 'formación de causa', Page 264 por consiguiente, adquiere sentido en relación con alguna de las dos posibilidades que la misma regla contempla: el procesamiento o la privación de libertad."118

2.3. Posición del Senado; equivalencia entre procesamiento y acusación

Comisión Mixta: "De allí que el H. Senado haya estimado que, en el nuevo procedimiento penal, el procesamiento equivale a la acusación que formule el ministerio público. La formalización de la investigación es una etapa muy inicial para entender que un parlamentario está procesado, porque se desconoce si de la investigación resultará mérito para formularle cargos o no. Si para formalizar la investigación se requiriese el desafuero, el parlamentario podría estar suspendido del ejercicio de su cargo hasta por dos años, vale decir, la mitad de un período legislativo, y luego se le podría sobreseer o el fiscal podría declarar que no hay mérito para deducir acusación en su contra, con todo lo que importa el lapso de suspensión en cuanto a alterar la voluntad de la ciudadanía."119

3. Proposición de la comisión mixta; funcionamiento del fuero
3.1. Durante la investigación

Comisión Mixta: "Consideró la Comisión Mixta que se ajusta en mayor medida al precepto constitucional, resulta más sano desde el punto de vista del funcionamiento normal de las instituciones y cautela en mejor forma la efectiva igualdad ante la ley, que las personas con fuero estén sometidas a las mismas reglas que cualquier otra persona durante toda la etapa de investigación. Vale decir, el fiscal podrá dirigir la investigación en su contra, recabando la autorización judicial cuando sea procedente, y le corresponderá al aforado, a su vez, el ejercicio de los derechos previstos para los imputados."120

3.2. Al momento de formular acusación

Comisión Mixta: "El fuero únicamente entrará a funcionar...

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