Tribunal constitucional - Derecho constitucional en Preguntas y Respuestas - Libros y Revistas - VLEX 903486107

Tribunal constitucional

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas257-260
Derecho Constitucional en Preguntas y Respuestas ®
257
TEMA XI
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
CAPÍTULO ÚNICO
Concepto y Atribuciones
Integrantes, Requisitos, Nombramiento,
Duración en el cargo, Funcionamiento del Tribunal
Pregunta Nº621.- ¿Qué es el Tribunal Constitucional?
Respuesta: Es un órgano del Estado chileno, autónomo e
independiente de toda otra autoridad o poder, con naturaleza
jurídica de tribunal colegiado, no procediendo en contra de sus
resoluciones recurso alguno, sin perjuicio de que el tribunal, por sí,
rectifique los errores de hecho en los cuales haya incurrido. 5
Pregunta Nº622.- ¿Cuáles son las atribuciones del Tribunal
Constitucional?
Respuesta: 1.- Ejercer el control de constitucionalidad de
aquellas “leyes interpretativas” de algún precepto de la
Constitución, de las “leyes orgánicas constitucionales” y de las
normas de un tratado internacional que versen sobre materias
propias de estas últimas, antes de su promulgación. El Congreso
le enviará las mismas en los cinco días posteriores a su
promulgación; * Se trata de un control obligatorio (Art.93 Nº2) y
preventivo (Art.93 Nº1); 2.- Resolver sobre las cuestiones de
constitucionalidad de los autos acordados dictados por la Corte
Suprema de Chile, las Cortes de Apelaciones y el Tribunal
Calificador de Elecciones. (Ver art.93 Nº2 C.P.R.); 3.- Resolver las
cuestiones sobre constitucionalidad que se susciten durante la
tramitación de los proyectos de ley o de reforma constitucional y
de los tratados sometidos a la aprobación del Congreso a
requerimiento del Presidente de la República, de cualquiera de
las Cámaras o de una cuarta parte de los parlamentarios. *Las
cuestiones de constitucionalidad pueden ser de fondo (se
refieren a derechos constitucionales o a reglas sustantivas) o de
5 Creado originalmente por un reforma constitucional de fecha 23 de enero de 1970, fue
disuelto por el Decreto Ley Nº 119 de 10 de noviembre de1973, emanado de la Junta
Militar de Gobierno. La Constitución de 1980 lo repone como organismo constitucional
autónomo, siendo modificado en forma sustancial, mediante la reforma constitucional de
2005.

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