Tribunal Ambiental rechazó reclamación contra decisión del Comité de Ministros que aprobó el proyecto de prospección minera Paguanta - Núm. 38, Diciembre 2015 - Boletín FIMA - Noticias - VLEX 829572161

Tribunal Ambiental rechazó reclamación contra decisión del Comité de Ministros que aprobó el proyecto de prospección minera Paguanta

El Tribunal Ambiental de Santiago rechazó, por la unanimidad de sus integrantes, la reclamación interpuesta por los Pueblos Indígenas Unidos de la Cuenca de Tarapacá, Quebrada de Aroma, Coscaya y Miñi-Miñi en contra de la decisión del Comité de Ministros que aprobó el proyecto “Sondajes de Prospección Paguanta”, ubicado en la comuna de Huara.

“Que, en conclusión, de la resolución recurrida, del acuerdo del Comité de Ministros, de las observaciones ciudadanas referidas en esta sentencia, así como de las características del proyecto -limitado a sondajes- se desprende que no hay antecedentes que permitan estimar que éste pudiera afectar directamente a otras organizaciones o comunidades indígenas, distintas de Cultane. Que, atendido lo anterior, este Tribunal considera que las observaciones ciudadanas referidas al proceso de consulta indígena y a la susceptibilidad de afectación directa, fueron debidamente consideradas por la autoridad, razón por la cual no procede dejar sin efecto la resolución impugnada, presentar un nuevo EIA, o realizar un nuevo proceso de consulta indígena. Por consiguiente, la reclamación será rechazada en todas sus partes, y así se declarará”, dice el fallo.

El proyecto “Sondajes de Prospección Paguanta”, de Compañía Minera Paguanta S.A., consiste en la ejecución de un programa de prospección geológica, con el objetivo de determinar y cuantificar los recursos y las reservas del depósito mineral, de potencial interés económico, que permita evaluar la factibilidad de su explotación, de la provincia del Tamarugal.

Los Pueblos Indígenas Unidos de la Cuenca de Tarapacá (PIUCT) acudieron al Tribunal Ambiental para reclamar en contra de la resolución (Res. Ex. N° 871/2014), en que el director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), ejecutó el acuerdo del Comité de Ministros, que calificó favorablemente el proyecto minero. Este había sido rechazado por la Comisión de Evaluación de Tarapacá, decisión que fue reclamada por la empresa ante los secretarios de Estado.

“Que, asimismo, a juicio de este Tribunal, la alegación efectuada por la reclamante en orden a que la AID debió haber contemplado a los PIUCT -además de la comunidad de Cultane- se basa en una concepción errada del proyecto. Según los antecedentes tenidos a la vista, se trata de una exploración de reducido alcance –limitada a la habilitación de un kilómetro de camino y a sondajes- que no interviene sino una parte menor del territorio, y tampoco tiene el...

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