Tramitación del proyecto de contrato colectivo - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 704356589

Tramitación del proyecto de contrato colectivo

Páginas23-26
23
GUÍA SOBRE LA NEGOCIACIÓN
COLECTIVA
El instrumento respectivo será suscrito separadamente en cada una de las empre-
sasporelempleadorylacomisiónnegociadora,rmandotambiénladirectivadel
sindicato respectivo o el delegado sindical o el representante de los trabajadores,
segúncorresponda.
b) En cualquier momento, los trabajadores de cualquiera de las empresas com-
prendidas en la negociación, por acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de
los trabajadores involucrados, podrán instruir a la comisión negociadora para
que celebre con su empleador un contrato colectivo, relativo a dicha empresa,
quedando ésta excluida de la negociación.
Si transcurridos 2 días la comisión negociadora no ha dado cumplimiento a lo ordenado
porlostrabajadoresosenieganahacerlo,elcontratoserármadoporelsindicato
baseoeldelegadosindicaloelrepresentantedelostrabajadores,segúnseaelcaso.
Copia del contrato colectivo que se suscriba, deberá ser enviado a la Inspección del
Trabajo dentro de los 3 días siguientes de celebrado.
Copia del contrato colectivo que se suscriba, deberá ser enviado a la Inspección del
Trabajo dentro de los 3 días siguientes de celebrado.
X.- TRAMITACIÓN DEL CONTRATO COLECTIVO
61.- ¿Cuáles son las estipulaciones básicas de un contrato colectivo?
1.- La determinación precisa de las partes a quiénes afecte;
2.-Lasnormassobreremuneraciones,beneciosycondicionesdetrabajadoresque
se hayan acordado. En consecuencia, no podrán válidamente contener estipulaciones
quehaganreferenciasalaexistenciadeotrosbeneciosocondicionesincluidos
encontratoanteriores,sinentraraespecicarlos,y
3.-Elperíododevigencia delcontrato,elcual nopodráserinferior a2añosnisu-
periora4años.
Por acuerdo de las partes se puede designar un árbitro encargado de interpretar
las cláusulas y de resolver las controversias a que de origen el contrato.

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