Los derechos políticos en España y brasil: una aproximación en perspectiva comparada
Autor | Ingo W. Sarlet - David Almagro Castro |
Cargo | Doctor y Post-Doctor en Derecho por la Universidad de Münich - Becario MAEC-AECID. Máster en Derecho Constitucional por la Universidad de Sevilla |
Páginas | 381-424 |
381Estudios Constitucionales, Año 11, Nº 1
2013, pp. 381 - 424
LOS DERECHOS POLÍTICOS EN ESPAÑA Y BRASIL: UNA
APROXIMACIÓN EN PERSPECTIVA COMPARADA*1
PO L I T I C A L R I G H T S I N S P A I N A N D B R A S I L :
A C O M P A R A T I V E AP P R O A C H
IN G O W. SA R L E T **
Coordinador Programa Pos-Grado de PUCRS
DA V I D AL M A G R O CA S T R O ***
Doctorando en Derecho de la PUCRS
RE S U M E N : El presente artículo aborda la regulación constitucional y el desarrollo legislativo
complementario de los derechos políticos en los ordenamientos español y brasileño conceptuados juris-
prudencial y doctrinalmente como pilar básico de la legitimación del Estado democrático de Derecho.
Partiendo de tal centralidad sistemática este ar tículo persigue tres objetivos interrelacionados: abor-
dar la fundam entación y la relación de interdependencia entre los derechos políticos y los principios
democráticos y de soberanía popular; repensar la id oneidad de los parám etros referenciales de la
titularidad de derechos políticos y, finalmente, analizar la praxis jurisprudencial y los mecanismos de
participación política poniendo de manifiesto la incoherencia sistemática entre el modelo de demo-
cracia participa tiva diseñado constituci onalmente y las restricciones impuestas tanto constitucional
cuanto legislativamente.
AB S T R A C T : The current paper undertakes a research over political rights having both, the consti-
tutional and its legal complementary regulation, the Spanish and Brazilian systems as key references
besides considering them, in a jurisprudentially and doctrinally way, as founding pillars of the demo-
cratic estate. Taking its systematic centrality as the starting point, this paper pursues three related goals:
to make an analytical approach on the political rights founding theoretical principles: the democratic
and people’s sovereignty; rethink its entitlement’s suitability founding parameters and, finally, analyze
both the jurisprudential praxis and the current mechanics on political participation emphasizing the
* Trabajo recibido el 26 de noviembre de 2012 y aprobado el 13 de marzo de 2013.
de Máster y Doctorado en Derecho y Ciencias Criminales de PUCRS. Profesor de la Escuela Superior de
*** Becario MAEC-AECID. Máster en Derecho Constitucional por la Universidad de Sevilla. davalmagro-
Estudios Constitucionales, Año 11, Nº 1, 2013, pp. 381 - 424.
ISSN 0718-0195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“Los derechos políticos en España y Brasil: una aproximación en perspectiva comparada”
Ingo W. Sarlet - David Almagro Castro
382 Estudios Constitucionales, Año 11, Nº 1
2013, pp. 381 - 424
IN G O W. SAR L E T - DA V I D AL M A G R O CA S T R O
systemic incoherency between the participative democratic system constitutionally designed and the
restrictions imposed by the constitution and the legal regulation.
PA L A B R A S C L A V E : Democracia, derechos políticos, nacionalidad, ciudadanía, participación.
KE Y W O R D S : Democracy, political rights, nationality, citizenship, political participation.
1. IN T R O D U C C I Ó N
Los derechos políticos son considerados pieza angular del Estado democrático.
Sólo en el marco institucional de una democracia constitucional pueden alcanzar
plenitud de sentido y eficacia. Y a este status quo responde su categorización en
los ordenamientos jurídicos español y brasileño en una doble proyección: como
democrático. Tomando como panorama referencial el anteriormente descrito el
presente artículo se dividirá en dos bloques interrelacionados entre sí. Un primer
punto en el que se establecerá la relación causal y de interdependencia de los
principios democráticos y de soberanía popular como fundamento de los derechos
políticos. Complementariamente se realizará un recorrido sobre el “estado del arte”
en la doctrina, debe advertirse que sin ánimo conclusivo, sobre la categorización
de los derechos políticos como dimensión autónoma, o bien como integrantes
de una categoría mixta de derechos fundamentales.
Un cambio de enfoque, con carácter predominantemente analítico, se pro-
pondrá en los puntos segundo y tercero. Reseñados los referenciales axiológicos
y teleológicos de los derechos políticos se dará paso a un estudio de carácter de-
constructivo del derecho positivo vigente en materia de derechos políticos. Serán
objeto de crítica los parámetros referenciales de la titularidad de los derechos
políticos, la nacionalidad y la ciudadanía, en el marco de las actuales socieda-
des post-modernas y la consiguiente exclusión de los extranjeros como posibles
titulares de derechos políticos, realidad difícilmente justificable en función de
minusvaloradas por la doctrina científica.
Ya en el último punto serán analizados en perspectiva comparada los meca-
nismos de participación política actualmente existentes desde una doble perspec-
tiva: su configuración constitucional y desarrollo legislativo complementario. La
participación política es parámetro referencial de la democrática participativa tal
y como fue afirmada en los artículos 9.2 y 1º de las constituciones española y bra-
sileña. Norma de carácter teleológico, su configuración constitucional y desarrollo
legislativo pondrá de manifiesto severas restricciones y disfunciones respecto al
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LO S DE R E C H O S PO L Í T I C O S E N ES P A Ñ A Y BR A S I L : UN A AP R O X I M A C I Ó N E N PE R S P E C T I V A CO M P A R A D A
ideal de democracia participativa reconocido por ambos cuerpos constitucionales,
afectando a la propia legitimidad del Estado democrático de derecho sustentado
sobre los principios democrático y de soberanía popular.
2. LO S PR I N C I P I O S D E M O C R Á T I C O Y D E S O B E R A N Í A P O P U L A R
C O M O F U N D A M E N T O S D E L O S D E R E C H O S P O L Í T I C O S
Los derechos fundamentales son proyección material en el Estado consti-
tucional del principio democrático, entendidos en palabras de Gomes como
“forma de vida, como forma de racionalización del proceso político y como forma
de legitimación del poder. El principio democrático constitucionalmente con-
los gobernados, pues, como principio normativo, considerado en sus diversos
dirigente de una sociedad”1.
-
chos políticos, garantes del derecho de participación política libre e igualitaria de
todos los ciudadanos en la conformación y legitimación de los órganos de poder
estatales2. En consecuencia, puede afirmarse la siguiente idea: la positivación y
garantía de los derechos políticos es conditio sine qua non de la operatividad del
principio democrático al tiempo que parámetro de legitimidad del mismo3. A
contrario sensu, cabe afirmar que allí donde no haya derechos políticos recono-
cidos y garantizados no habrá democracia.
La finalidad que convierte a los derechos políticos en parámetro de legitimidad
del principio democrático es el atribuir al ciudadano la capacidad jurídica de in-
tervenir en la gestión de los asuntos públicos4 (de acuerdo con la clásica expresión
1 GO M E S (2012), p. 288.
2 “[…] Los derechos políticos están intrínsecamente relacionados con la estructura básica del Estado de-
mocrático. Tales derechos, garantizadores del permanente ingreso del poder popular en el Estado, son los
responsables por la efectivación de dos compromisos fundamentales del Estado constitucional, cuales son, el
compromiso con la democracia y el compromiso con la limitación del poder político”. RO M A N E L L I (2005),
p. 137. En sentido similar, Cf. GO M E S (2012), p. 290.
3 SA R L E T (2011), p. 61.
4 “Sin perjuicio de la mayor extensión que los Derechos políticos puedan alcanzar en los ordenamientos
contemporáneos, originariamente dicha expresión alude a aquellos derechos individuales que materializando
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