La teoría de la pérdida de la oportunidad según la corte suprema
Autor | Ignacio Ríos Erazo - Rodrigo Silva Goñi |
Cargo | Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile - Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile |
Páginas | 165-178 |
Revista de Derecho • Escuela de Postgrado Nº 7, julio 2015
Páginas 165 - 178
ISSN 0719 - 1731
COMENTARIOS DE JURISPRUDENCIA
LA TEORÍA DE LA PÉRDIDA DE LA OPORTUNIDAD
SEGÚN LA CORTE SUPREMA*
the suPReMe couRt’s theoRy of the loss of a chance
la théoRie de la PeRte d’une chance d’aPRès la couR suPRèMe
ignacio Ríos eRazo**
RodRigo silva goñi***
intRoducción
La teoría de la pérdida de la oportunidad –conocida a menudo como “pérdi-
da de la chance”– se presenta como una materia de creciente interés en Chile. El
reconocimiento doctrinal que ella ha tenido en los últimos años y la alusión a ella
en los juicios de responsabilidad civil y en los pronunciamientos de los tribunales
de justicia, así lo revelan.
En este fenómeno de creciente desarrollo y aceptación de una teoría cuyos
orígenes no están precisamente en Chile, la dictación de una nueva sentencia de
la Corte Suprema donde se pronuncia sobre la pérdida de la oportunidad, llama
la atención, máxime cuando lo hace fuera de los moldes en que habitualmente se
discurre en torno al tema.
Este hito merece especial atención, pues nuestro máximo tribunal reflexiona
autónomamente acerca de la pérdida de la oportunidad en sede de causalidad y no
en materia de daño como tradicionalmente se ha efectuado. En eso, por lo demás,
consistirá el principal objeto del presente comentario.
Con todo, abordaremos también los últimos estudios existentes sobre la teoría
de la pérdida de la oportunidad en Chile, recordaremos las sentencias que tradicio-
nalmente han dado lugar a la teoría, y comentaremos –brevemente– la utilización
reciente de la pérdida de la oportunidad como estrategia de defensa para solicitar
la disminución del monto indemnizatorio en juicios de responsabilidad médico-
sanitaria en nuestro país.
* Comentario a la sentencia de la Excma. Corte Suprema, “Segura Riveiro con Fisco de Chile”, 15 de abril
de 2014 (indemnización de perjuicios), rol Nº 12530-2013.
** Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad de
Chile. Magíster © Universidad de Chile, Mención Derecho Privado. Correspondencia a: Correo electrónico
ignacio.rios@derecho.uchile.cl.
*** Abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Facultad de Derecho de la Universidad de
Chile. Profesor del curso Reforma Procesal Civil Facultad de Derecho de la Universidad Adolfo Ibáñez.
Correspondencia a: Correo electrónico rodrigosilvagoni@gmail.com.
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