Decreto 1080 EXENTO - MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 9 de Abril de 2013 |
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A.
Santiago, 28 de diciembre de 2012.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 1.080 exento.- Vistos:
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El decreto ley Nº1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
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La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
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La resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.
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El decreto supremo Nº103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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La resolución exenta Nº1.117 de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900.
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El decreto supremo Nº145, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
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Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº89.963, de 15.11.2012.
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Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT Nº96.806.980-2, con domicilio en Av. Andrés Bello Nº2711, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
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Autorízase a la concesionaria para modificar los plazos de término de obras e inicio de servicio, de una (1) estación base, denominada "Cerro La Silla Alt. 2", autorizada por decreto supremo Nº560, de 2008 y modificada por decreto exento Nº937, de 2010, los plazos máximos se indican a continuación:
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