Decreto 1090 EXENTO - TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240672378

Decreto 1090 EXENTO - TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY N° 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

Santiago, 18 de diciembre de 2007.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 1.090 exento.- Visto:

  1. Lo dispuesto en el Nº 6 del artículo 32 de la Constitución Política de la República de Chile.

  2. Lo dispuesto en el artículo 26, inciso 1 y 2 de la Ley Nº 17.798, agregado por el Artículo 1 del Decreto Ley Nº 2.553 de 1979.

  3. D.S Nº 19 de la Secretaría General de la Presidencia de fecha 22.Ene.2001.

  4. La Resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República.

  5. Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.

    Decreto:

    1. Fíjase para regir en el Primer Semestre del año 2008 las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley N° 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:

    ITEM SOLICITUD TASA

    1. SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS

    CON ARMAS Y MUNICIONES

    Inscripciones:

    01* Solicitud para construir, legalizar,

    ampliar, modificar, inscribir o renovar inscripción de fábrica o armaduría (incluyendo industria, plantas independientes y polígonos de prueba, para comerciantes, importadores y reparadores de armas) $ 34.220.-

    02* Solicitud para inscribirse, por

    primera vez, en los registros nacionales de :

  6. Importador de armas, municiones, cartuchos industriales, elementos de salvataje del tipo marítimo, terrestre y aéreo, gases irritantes, electroshock, sus componentes y

    elementos similares (cada rubro) $ 34.220.-

  7. Importador de material bélico $ 34.220.-

  8. Exportador de armas, municiones, cartuchos industriales, elementos de salvataje del tipo marítimo, terrestre y aéreo, gases irritantes, electroshock, sus componentes y elementos similares

    (cada rubro) $ 34.220.-

  9. Exportador de material bélico $ 34.220.-

  10. Comerciante en armas, municiones, cartuchos industriales, elementos de salvataje del tipo marítimo, terrestre y aéreo, gases irritantes, electroshock, sus componentes y

    elementos similares (cada rubro) $ 34.220.-

  11. Comerciante de material bélico $ 34.220.-

    03* Solicitud para renovar inscripción

    anual en los registros nacionales de:

  12. Importador de productos sometidos a control, sus componentes

    y elementos similares $ 34.220.-

  13. Importador de material bélico $ 34.220.-

  14. Exportador de productos sometidos a control, sus componentes

    y elementos similares $ 34.220.-

  15. Exportador de material bélico $ 34.220.-

  16. Comerciante de productos sometidos a control, sus componentes

    y elementos similares $ 34.220.-

  17. Comerciante de material bélico $ 34.220.-

    04* Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción anual en el Registro Nacional como .Consumidor Habitual. de:

  18. Municiones (para Clubes de Tiro y Caza afiliados a la respectiva

    Federación) $ 34.220.-

  19. Cartuchos industriales $ 28.190.-

  20. Elementos de seguridad y salvataje del tipo marítimo, terrestre y

    aéreo $ 28.190.-

    05* Solicitud para inscribirse en el

    Registro Nacional de Deportista o

    Deportista Calificado $ 17.970.-

    06* Solicitud para:

  21. Inscribirse en el Registro Nacional

    de Coleccionista de Armas $ 34.220.-

  22. Renovación de registro coleccionista

    cada 5 años $ 7.040.-

  23. Inscribirse en el Registro Nacional

    de Coleccionista de Munición $ 17.970.-

    07* Solicitud para inscribirse o renovar

    inscripción en el Registro Nacional

    de Reparadores de Armas (anual) $ 34.220.-

    08 Solicitud de inscripción:

  24. Arma de fuego inscrita por primera

    vez (c/u) $ 9.210.-

  25. Una máquina lanzadora, de disparo o elementos similares a un arma

    de fuego $ 9.210.-

  26. Una máquina recargadora de munición $ 34.220.-

    Porte de Armas:

    09 Solicitud para portar arma de fuego:

  27. Un arma de puño Defensa Personal $ 34.220.-

  28. Un arma de Protección y Seguridad $ 23.760.-

    Adquisiciones:

    10 Autorización para comprar elementos

    sometidos a control (comerciantes

    inscritos) $ 34.220.-

    11 Autorización para comprar un Arma de

    Fuego Nueva (particulares) $ 17.970.-

    12 Autorización para comprar Municiones:

  29. Cartuchos de proyectil múltiple, para armas inscritas:

    1. De caza, con permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 3.000 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    2. De caza, sin permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 500 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    3. De deporte, con permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 3.000 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    4. De deporte, sin permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 500 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    5. De seguridad y protección, por

      unidad, no excediendo las 500

      uu. anuales por arma inscrita $ 10.-

  30. Cartuchos de proyectil único, para arma inscrita:

    1. De caza, con permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 3.000 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    2. De caza, sin permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 100 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    3. De deporte, con permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 3.000 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    4. Deportista sin permiso de

      transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 100 uu.

      anuales por arma inscrita $ 10.-

    5. De seguridad y protección, por

      unidad, no excediendo las

      300 uu. anuales por arma

      inscrita $ 10.-

  31. Cartuchos para armas de Defensa Personal con o sin permiso de porte de armas, por unidad, hasta

    100 uu. anuales por arma inscrita $ 10.-

  32. Cartuchos para Clubes de Tiro y/o Caza afiliados a una Federación y Empresas, ambos inscritos como Consumidores Habituales de Munición, cada 3.000 uu. (no excediendo el almacenamiento autorizado por resolución de la

    Dirección General) $ 5.540.-

  33. Componentes de munición permitidos cada, 1 kgs. de pólvora, 500 vainillas, 500 fulminantes y 500 puntas de bala, para particulares, con máquina recargadora inscrita

    (no excediendo las 3.000 uu.

    anuales por calibre) $ 4.070.-

  34. Componentes de munición permitidos cada 4,5 kgs. de pólvora, 3.000 vainillas, 3.000 fulminantes y

    3.000 puntas de bala, para Clubes de Tiro con máquina recargadora

    inscrita, por calibre $ 5.240.-

    13 Solicitud de autorización de compra

    especial para deportistas calificados:

  35. De munición, cada 5.000 uu.

    (según resolución que en cada caso dicte la Autoridad), luego del consumo de las 3.000 uu. anuales

    por calibre $ 17.970.-

  36. De componentes de la munición cada 3 kgs. de pólvora, 1.500 vainillas,

    1.500 fulminantes y 1.500 puntas de bala, con máquina recargadora inscrita (según resolución que en

    cada caso dicte la Autoridad) $ 17.970.-

    14 Autorización para comprar:

  37. Cada 1.000 uu de cartuchos

    industriales $ 1.720.-

  38. Por cada elemento de salvataje del tipo marítimo, terrestre y

    aéreo y cualquier otro elemento de características similares (personas

    naturales y/o jurídicas) $ 340.-

    15 Solicitudes de Transferencia de:

  39. Armas de fuego (con inscripción

    incluida) $ 24.850.-

  40. Una máquina lanzadora de disparo o elementos similares a un arma de fuego (con inscripción incluida) $ 25.520.-

  41. Máquinas recargadoras (con

    inscripción incluida) $ 34.220.-

  42. Armas de fuego por defunción de

    su propietario $ 9.210.-

    16 Autorización para comprar una máquina

    recargadora de cartuchos de munición

    nueva $ 34.220.-

    17 Solicitud de renovación de inscripción de una máquina recargadora de

    munición (cada 3 años) $ 17.970.-

    18 Autorización para comprar cada 1

    repuesto mayor para armas de fuego (cierre, cañón, cajón de mecanismo o básculas y otros conjuntos

    de piezas completos) $ 3.540.-

    19 Autorización para comprar un arma para

    Servicio de Vigilantes Privados, autorizado por Decreto del Ministerio

    del Interior $ 21.460.-

    20 Autorización para comprar cartuchos

    para armas de Servicio de Vigilantes Privados autorizados (cada 100

    cartuchos) $ 5.240.-

    Otras Solicitudes:

    21 Solicitud de depósito de armamento en recinto autorizado:

  43. Para personas naturales, costo diario por arma, incluida la munición conforme a los máximos permitidos de

    tenencia $ 230.-

  44. Para importadores y comerciantes inscritos, por cada importación presentada:

    1) Armas de Fuego Cortas:

    1. Entre 1 y 100, hasta por 6

      meses máximo $ 13.290.-

    2. Entre 101 y 200, hasta por

      6 meses máximo $ 19.920.-

    3. Más de 200, hasta por 6

      meses máximo $ 26.570.-

      2) Armas de Fuego Largas:

    4. Entre 1 y 100, hasta por 6

      meses máximo $ 19.920.-

    5. Entre 101 y 200, hasta por

      6 meses máximo $ 26.570.-

    6. Más de 200, hasta por 6

      meses máximo $ 34.220.-

  45. 1) Proyectil único, entre 1 y

    15.000 uu., hasta por 6 meses

    máximo $ 19.920.-

    2)...

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