Supremo español cambia condena a miembros de 'La Manada' y los sentencia por violación - 22 de Junio de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 794621529

Supremo español cambia condena a miembros de 'La Manada' y los sentencia por violación

Fue violación y no abuso sexual. El Tribunal Supremo español emitió ayer un fallo unánime por agresión sexual continuada con la agravante de trato vejatorio y actuación en grupo en contra de la "La Manada", un grupo de hombres que atacó a una joven madrileña de 18 años en 2016, durante las fiestas de San Fermín, en Pamplona. Los magistrados elevaron las penas de los acusados de 9 a 15 años.Tras escuchar las apelaciones contra la primera sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en abril de 2018 (y que fue ratificada por la Audiencia de Navarra), los cinco magistrados del Tribunal Supremo -dos de ellos mujeres- revocaron esos dictámenes que trataron el caso como abuso sexual y no violación.El tribunal consideró que las dos anteriores sentencias usaron una incorrecta calificación jurídica, ya que el relato de los hechos describe una "situación intimidante" que hizo que la víctima "adoptara una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza". La joven fue atacada de noche a la entrada de un edificio.Los magistrados estimaron que los acusados se "aprovecharon" de estas circunstancias para atacar a la joven, que sufrió al menos diez agresiones sexuales.El fallo agregó además dos agravantes que elevan la pena: trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas.El primero, según el tribunal, se aplica no solo por el hecho de que sufriera penetraciones simultáneas, sino también por "el alarde" que los acusados hacen de eso al compartir las imágenes por WhatsApp, jactándose de sus acciones. La Audiencia de Navarra no castigó el trato vejatorio, porque esta agravante no existe en el caso de abuso sexual.El segundo agravante corresponde a la actuación conjunta de dos o más personas, para lograr "una mayor impunidad y aseguramiento del delito cometido".Poco después de anunciarse la decisión, la policía detuvo a los cinco miembros del grupo, José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Pozas y Alfonso Jesús Cabezuelo, en Sevilla.Además de los 15 años de cárcel, la corte les prohibió a los sentenciados acercarse por 20 años a la víctima, para quien pidió una indemnización de 100.000 euros (unos US$ 113.000). Cumplida la pena, se les impuso 8 años de libertad vigilada. Uno recibió además otros dos años de cárcel por el robo con...

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