Suprema confirma sobreseimiento de carabinero imputado por muerte de malabarista en Panguipulli - 11 de Febrero de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 896346440

Suprema confirma sobreseimiento de carabinero imputado por muerte de malabarista en Panguipulli

Luego de poco más de un año de ocurrido el hecho, en dos fallos unánimes, la Segunda Sala de la Corte Suprema -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, Rodrigo Biel y Miguel Vázquez- determinó rechazar los dos recursos de queja presentados por el querellante particular y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) contra los miembros de la sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia, que decretaron el sobreseimiento definitivo del sargento segundo de Carabineros Juan González Iturriaga, investigado por su presunta responsabilidad en la muerte del malabarista callejero Francisco Martínez Romero.El fallecimiento se produjo en el centro de la ciudad de Panguipulli, la tarde del 5 de febrero de 2021, y motivó una serie de protestas, que culminaron con la quema del edificio de la municipalidad de dicho balneario en la Región de Los Ríos.En la resolución del máximo tribunal, los ministros desestimaron alguna falta o abuso de los magistrados de la Corte de Valdivia, quienes para sobreseer estimaron que "se puede establecer que personal policial actuó dentro del ámbito de sus atribuciones y en cumplimiento de una obligación legal".No hay faltas o abusos, según fallo"Que por medio del recurso interpuesto, se impugna la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que revocó por mayoría la dictada en primera instancia, básicamente, sobre la reiteración de las argumentaciones vertidas en las oportunidades procesales correspondientes, cuestionando en este caso más que nada la interpretación efectuada por los (jueces) recurridos a las normas legales aplicables al caso, y la aplicación de la causal eximente de responsabilidad penal que no había sido acogida en la resolución en alzada", sostiene el máximo tribunal.Agregando los supremos que "del tenor del libelo que contiene la queja en estudio, se constata que el recurrente no cuestiona propiamente las faltas o abusos en que pudiesen haber incurrido los ministros, desde que los fundamentos esenciales del recurso dicen relación con la disconformidad con lo resuelto por los recurridos; así como al alcance y sentido que corresponde conferir a los preceptos legales aplicables al caso y a la ponderación de los antecedentes hechos valer, lo que es propio de la labor jurisdiccional".También afirman que "los jueces recurridos procedieron a resolver en el sentido que lo hicieron, señalando latamente las razones de hecho y jurídicas para ello, lo...

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