Decreto 4 - APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA EL SUBSIDIO AL PAGO ELECTRÓNICO DE PRESTACIONES MONETARIAS, ESTABLECIDO EN LA PARTIDA 21, CAPÍTULO 09, PROGRAMA 01, SUBTÍTULO 24, ÍTEM 03, ASIGNACIÓN 335, GLOSA N° 10, DE LA LEY N° 20.641 DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2013 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 440218494

Decreto 4 - APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA EL SUBSIDIO AL PAGO ELECTRÓNICO DE PRESTACIONES MONETARIAS, ESTABLECIDO EN LA PARTIDA 21, CAPÍTULO 09, PROGRAMA 01, SUBTÍTULO 24, ÍTEM 03, ASIGNACIÓN 335, GLOSA N° 10, DE LA LEY N° 20.641 DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2013

EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 8 de Junio de 2013

APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA EL SUBSIDIO AL PAGO ELECTRÓNICO DE PRESTACIONES MONETARIAS, ESTABLECIDO EN LA PARTIDA 21, CAPÍTULO 09, PROGRAMA 01, SUBTÍTULO 24, ÍTEM 03, ASIGNACIÓN 335, GLOSA N° 10, DE LA LEY N° 20.641 DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO 2013

Santiago, 19 de febrero de 2013.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 4.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en la Glosa Nº 10 asociada a la Partida 21, Capítulo 09, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 335 de la Ley Nº 20.641, de Presupuestos del Sector Público para el año 2013; en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y en las demás normas aplicables.

Considerando:

Que, la Ley Nº 20.641, de Presupuestos del Sector Público para el año 2013, Partida 21, Capítulo 09, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 335, en su Glosa N° 10, considera recursos para otorgar un Subsidio a aquellas personas que reciban el pago en forma electrónica de determinadas prestaciones monetarias allí señaladas.

Que, el inciso tercero de la glosa citada, dispone que la regulación del Subsidio al pago electrónico de prestaciones monetarias se efectuará a través de un Decreto del Ministerio de Desarrollo Social, visado por la Dirección de Presupuestos, el cual deberá contener, a lo menos, la metodología para determinar el monto del Subsidio y los requisitos para su devengo y pago.

Decreto:

Apruébase el siguiente Reglamento que regula el Subsidio al Pago Electrónico de Prestaciones Monetarias, establecido en la Partida 21, Capítulo 09, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 335 Glosa N° 10, de la Ley N° 20.641 de Presupuestos del Sector Público para el año 2013:

TÍTULO PRIMERO
Disposiciones Generales Artículos 1 a 16
Artículo 1

El objeto del presente Reglamento es regular el Subsidio al Pago Electrónico de Prestaciones Monetarias, establecido en la Ley N° 20.641 de Presupuestos del Sector Público para el año 2013.

El Subsidio tiene por finalidad cubrir una parte o la totalidad del costo derivado de la utilización del medio de pago electrónico de los beneficios a que se refiere el N° 1 del artículo 4° del presente Reglamento.

Artículo 2 Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:

a) Ley de Presupuestos: Ley N° 20.641, de Presupuestos del Sector Público para el año 2013.

b) Ministerio: El Ministerio de Desarrollo Social.

c) Subsidio: Subsidio al Pago Electrónico de Prestaciones Monetarias, establecido en la Partida 21, Capítulo 09, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 335 Glosa N° 10, de la Ley N° 20.641 de Presupuestos del Sector Público para el año 2013.

d) Medio Electrónico de Pago: Cualquier tarjeta, documento o sistema electrónico que identifica a su titular con su emisor, que sea utilizado como instrumento de pago en la red de establecimientos afiliados al sistema bancario y/o financiero y que cuenten con dispositivos electrónicos que operen con captura en línea de las transacciones.

TÍTULO SEGUNDO Artículos 3 a 16

Del Subsidio

Párrafo Primero Artículos 3 y 4

Determinación y Requisitos para Acceder al Subsidio

Artículo 3

Concepto.- El Subsidio es una prestación social de cargo fiscal al que accederán los beneficiarios a que se refiere el artículo 4º del presente Reglamento. Este Subsidio no constituye renta, ni es imponible para ningún efecto.

El Subsidio será administrado por el Ministerio, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social.

El monto mensual del Subsidio será único y ascenderá a la cantidad que se obtenga por aplicación de la metodología de...

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