Situaciones de oportunismo - Núm. 28, Marzo 2023 - Serie Informe Justicia - Libros y Revistas - VLEX 930141481

Situaciones de oportunismo

AutorJuan Ignacio Gómez Corvalán
CargoAbogado de la Universidad Adolfo Ibáñez y Magíster en Regulación por la misma casa de estudios. Coordinador para el Congreso Nacional en Libertad y Desarrollo.
Páginas18-22
18
SERIE INFORME JUSTICA 28 / MARZO 2023
WWW.LYD.ORG
7. SITUACIONES DE OPORTUNISMO
Un caso de oportunismo bien documento en nuestro
medio ha sido el de las concesiones de obras públicas.
Hasta comienzos de la década de 1990, las obras públi-
cas (típicamente carreteras, puertos, aeropuertos, sin
perjuicio de que se han sumado nuevas obras al mode-
lo concesional) eran provistas y operadas por el Estado
(Engel et al., 2009; Paredes, 2000). Y, pese a que el mo-
delo fue exitoso desde sus inicios, hacia mediados de la
década de los 2000
los nuevos proyectos son menos urgentes y su ren-
tabilidad social es más baja y deja menos margen
para errores, por lo que es necesario reformar la ley
incorporando las lecciones que ha dejado la expe-
riencia con las concesiones existentes. Uno de los
principales problemas es la frecuencia de las rene-
gociaciones de los contratos de concesión, tanto
para modicar o agregar obras nuevas como, en al-
gunos casos, para pagarle más al concesionario por
las obras que éste había comprometido al adjudi-
carse la concesión. (Engel et al., 2009, 153)
En el modelo chileno, las concesiones se adjudican me-
diante licitaciones públicas, siguiendo el modelo de
Demsetz (1968), bajo la premisa de que, por la natu-
raleza de las obras públicas, ellas constituyen por regla
general monopolios naturales. En consecuencia, dado
que es imposible “competir en la cancha, el mecanismo
induce a los licitantes a competir por la cancha.” (Engel
et al., 1996, 7). Sin embargo, “es común que los conce-
sionarios y el MOP renegocien el contrato de concesión
original. El resultado usual de estos procesos son pagos
adicionales por las obras contratadas originalmente o
bien por nuevas obras” (Engel et al., 2009, 161).
Tal como señala Engel et al. (2009), hasta 2010 las rene-
gociaciones se realizaban de forma bilateral entre el Mi-
nisterio de Obras Públicas (MOP) y el concesionario. Si
había acuerdo, éste se materializaba en un convenio bi-
lateral; pero si éste no se alcanzaba, entonces la disputa
pasaba a una comisión que promueve una conciliación,
la cual, si no se alcanza, cumple la función de árbitro
entre las partes.
I. Concesiones

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR