El sistema de reconocimiento civil de los entes eclesiásticos de la auto-organización de la Iglesia Católica en Chile, con especial referencia a la Prelatura Personal del Opus Dei - Núm. 44, Julio 2015 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 648790781

El sistema de reconocimiento civil de los entes eclesiásticos de la auto-organización de la Iglesia Católica en Chile, con especial referencia a la Prelatura Personal del Opus Dei

AutorAnastasía Assimakópulos Figueroa
CargoLicenciada en derecho por la Pontificia Universidad Católica de Chile
Páginas559-590
AbstrAct
Freedom of religion includes the pos-
sibility that religious communities create
smaller entities recognized by the State.
This work studies the legal status of the
Catholic Church in Chile and explains
its organization in ecclesiastical circum-
scriptions, the nature and characteristics
of personal prelatures and, in particular,
the prelature of the Opus Dei and the
* Licenciada en derecho por la Pontificia Universidad Católica de Chile; doctora
en derecho por la Universidad de los Andes, Chile; licenciada en derecho canónico
por la Pontificia Universidad de la Santa Cruz, Roma. Profesora asistente de derecho
canónico en la Universidad de los Andes. Dirección postal: Mons. Álvaro del Portillo
12.455, Las Condes, Santiago, Chile. Correo electrónico: anastasia@uandes.cl. El
presente trabajo es el resultado del proyecto patrocinado por el Fondo de Ayuda
a la Investigación de la Universidad de Iniciación N° 26-12, del que la autora fue
investigadora responsable. La autora agradece este patrocinio al Fondo.
resumen
La libertad religiosa incluye la posibi-
lidad de que las confesiones generen en-
tes menores, dotados de reconocimiento
estatal. El trabajo estudia la personalidad
jurídica de la Iglesia Católica en Chile
y expone su organización en circuns-
cripciones eclesiásticas, la naturaleza y
características de las prelaturas personales
y, en particular aquella del Opus Dei y
el sistemA de reconocimiento civil de los entes
eclesiásticos de lA Auto-orgAnizAción de lA
iglesiA cAtólicA en chile, con especiAl referenciA
A lA prelAturA personAl del opus dei
[The Civil Recognition System of the Ecclesiastical Entities of the Self-
Organization of the Catholic Church in Chile, with Special Reference to the
Personal Prelature of the Opus Dei]
Anastasía AssimAkópulos figueroA*
Universidad de los Andes, Santiago, Chile
recibido el 15 de enero y AceptAdo el 28 de marzo de 2015
Revista de Derecho
de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
XLIV (Valparaíso, Chile, 1er semestre de 2015)
[pp. 559 - 590]
AnAstAsíA AssimAkópulos figueroA560 revistA de derecho Xliv (1er semestre de 2015)
la modalidad del reconocimiento de sus
circunscripciones eclesiásticas.
pAlAbrAs clAve
Entes eclesiásticos – Prelatura perso-
nal – Opus Dei – Personalidad jurídica
de la Iglesia – Personalidad jurídica de
los entes eclesiásticos.
i. introducción
La libertad religiosa tiene un aspecto institucional, que en su relación
con el Estado no se agota con el reconocimiento civil de las confesiones.
En la dinámica de estas colectividades se encuentra la creación de entes
menores, de acuerdo al propio ordenamiento religioso. En este sentido,
una manifestación importante de la protección de la libertad religiosa
en el ámbito estatal, es la personalidad jurídica civil de las instituciones
derivadas de una entidad religiosa.
Tal reconocimiento se efectúa en nuestro país sobre la base del artículo
19 N° 6 CPol., el artículo 547 inciso 2° CC. y la Ley N° 19.638, que
establece normas sobre la constitución jurídica de iglesias y organizaciones
religiosas. El sistema chileno se puede catalogar de unilateral y estatal,
porque se fundamenta en el ordenamiento jurídico civil, y no en acuerdos
con las diversas confesiones religiosas que actúan en el territorio nacional,
como ocurre en derecho comparado.
El sistema chileno de reconocimiento civil de entes religiosos deriva-
dos tiene características peculiares. Además de las ya indicadas, se puede
decir que es un sistema de derecho especial, automático, no sujeto a un
registro estatal. Un tema interesante en esta materia, es la relación entre el
ordenamiento jurídico estatal y el de las entidades religiosas, con respecto
a las instituciones derivadas. El sistema nacional utiliza la técnica de la
remisión material, por lo que las normas del ordenamiento religioso sobre
personas jurídicas entran a formar parte del derecho chileno.
La Iglesia Católica es una de las confesiones religiosas existentes en
Chile. Su personalidad jurídica y el ordenamiento canónico han sido re-
conocidos desde los albores de la República, y antes de ella, en el derecho
chileno, situación que en la actualidad se encuentra en el artículo 20 de la
Ley N° 19.638. Tal institución actúa en el país a través de muchos entes
de diversa naturaleza, con personalidad jurídica canónica. Dentro de ellos
se encuentran las circunscripciones eclesiásticas, modos como la Iglesia se
auto-organiza para el cumplimiento de sus fines.
method of recognition of its ecclesiastical
circumscriptions.
keywords
Ecclesiastical entities – Personal
prelature – Opus Dei – Legal personality
of the Church – Legal personality of the
Ecclesiastical entities.
561el sistemA de reconocimiento civil de los entes eclesiásticos de lA Auto-orgAnizAción
La investigación analiza el reconocimiento civil de una de las circuns-
cripciones de la Iglesia Católica en Chile: la prelatura personal de la Santa
Cruz y Opus Dei. Para esto el trabajo, aparte la presente “Introducción”,
se divide en cuatro partes. En la primera se estudia la libertad religiosa y su
aspecto institucional. La segunda se dedica al sistema de reconocimiento
civil de entes de la auto-organización de una confesión religiosa, en general
y en particular, en Chile. La tercera examina el reconocimiento estatal de las
circunscripciones eclesiásticas de la Iglesia Católica en Chile. Finalmente,
se analiza el estatuto jurídico canónico de la prelatura del Opus Dei y su
proyección en ámbito estatal chileno. Siguen unas conclusiones.
ii. lA libertAd religiosA como fundAmento del reconocimiento
civil de los entes derivAdos de unA entidAd religiosA
1. La libertad religiosa y su aspecto institucional.
La religión se puede definir como un “conjunto de creencias o dogmas
acerca de la divinidad, de sentimientos de veneración y temor hacia ella, de
normas morales para la conducta individual y social y de prácticas rituales,
principalmente la oración y el sacrificio para darle culto”1.
La libertad religiosa se podría definir como “la capacidad o facultad que
corresponde al hombre, como sujeto de derecho, para vivir y practicar su
religión”2. En el aspecto individual garantiza un ámbito de autodetermi-
nación en relación con Dios, que el Estado garantiza3. Este derecho de la
persona se extiende a las entidades en las que se reúnen institucionalmente
quienes profesan determinada fe, porque el factor religioso tiene una
dimensión corporativa4. Las creencias se viven de forma individual, pero
también de manera colectiva, integrando una comunidad de personas que
viven una misma fe. La dinámica de ésta puede generar una institución,
con una identidad y organización concretas, que incluye la creación de
1 Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española (22ª edición,
Madrid, Espasa-Calpe, 2006), p. 1937, s. v. “religión”: “(Del lat. religĭo, -ōnis). 1. f.
Conjunto de creencias o dogmas acerca de la divinidad, de sentimientos de venera-
ción y temor hacia ella, de normas morales para la conducta individual y social y de
prácticas rituales, principalmente la oración y el sacrificio para darle culto”.
2 mAntecón, Joaquín, La libertad religiosa como derecho humano, en AA.VV.,
Tratado de derecho eclesiástico (Pamplona, eunsA, 1994), p. 106.
3 nogueirA AlcAlá, Humberto, La libertad de conciencia, la manifestación de
creencias y la libertad de culto en el ordenamiento jurídico chileno, en Ius et Praxis 12
(2006) 2, p. 21.
4 mAntecón, Joaquín, cit. (n. 2), p. 124.

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