Síntesis
Autor | María Angélica Jiménez - Tamara Santos - Paula Medina |
Páginas | 251-252 |
CAPÍTULO V | LA
AGENDA CORTA ANTIDELINCUENCIA
Y OTRAS REFORMAS SUSTANCIALES
251
SÍNTESIS
En la segunda mitad de la década del 2000 se presentan las tres más impor-
tantes modificaciones a la Reforma procesal penal:
1. El control de identidad y la prisión preventiva, que ya anunciaban un
primer cambio en la direccionalidad del modelo de justicia penal, en la
medida que agravan las condiciones de la prisión preventiva y que amplía
algunas facultades a la policía.
Esta reforma suscita el temor de que esta cautelar pierda de vista su prin-
cipal finalidad, como es la de asegurar la comparecencia del imputado
en el proceso, para ir adoptando la forma de una pena anticipada, con
lo cual nuevamente resurge la tendencia a debilitar las dos almas del sis-
tema: línea garantista y eficientista.
2. La Agenda corta marca un relevante hito en la trayectoria de la justicia
penal, porque introdujo modificaciones profundas al Código Procesal
Penal en materia de control de identidad, prisión preventiva, flagrancia,
aumento de las restricciones al otorgamiento de libertades, reincidencia,
anticipación de pruebas de menores de edad, extensión de las facultades
a los abogados asistentes del fiscal, entre otras, lo que finalmente amplía
las facultades a las policías y al Ministerio Público y restringe las garan-
tías individuales, todo lo cual conduce a aumentar el control penal.
Con relación a la prisión preventiva se advierte, por una parte, que es una
cautelar muy frecuente cuando es solicitada por el Ministerio Público,
y por otra persisten algunos espacios para la aplicación de una pena
anticipada, lo que perturba las garantías y la eficiencia de la nueva jus-
ticia procesal, amén de contribuir a su vez a engrosar indebidamente la
población encarcelada.
La Agenda corta motivó —antes y después de su aprobación— un largo y
profundo debate sobre el significado y consecuencias de los proyectos for-
mulados. En relación al significado, los detractores de la reforma expre-
saron su reserva sobre los contenidos que podían lesionar los pilares fun-
dantes del sistema procesal penal —las almas garantista y eficientista— y
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