Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. 8°, letra h) – Ley de la Renta, Art. 20°, N°5 – Decreto Supremo N° 414, de 1991, del Ministerio de Planificación y Cooperación – Ley N° 18.168, de 1982, Art. 1° – Circular N° 47, de 1977. - Doctrina Administrativa - VLEX 527374942

Ventas y Servicios – Nuevo Texto – Actual Ley sobre Impuesto a las – Art. 8°, letra h) – Ley de la Renta, Art. 20°, N°5 – Decreto Supremo N° 414, de 1991, del Ministerio de Planificación y Cooperación – Ley N° 18.168, de 1982, Art. 1° – Circular N° 47, de 1977.

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2005

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. , LETRA H)LEY DE LA RENTA, ART. 20°, N°5 – DECRETO SUPREMO N° 414, DE 1991, DEL MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN – LEY N° 18.168, DE 1982, ART. 1° – CIRCULAR N° 47, DE 1977. (ORD. N° 4.253, DE 24.10.2005)

Impuesto al Valor Agregado en Contrato para Promover un Sistema Nacional de Información Social en Internet.

  1. - Se ha recibido en esta Dirección Nacional su presentación del antecedente, mediante la cual, en representación de la empresa XXXXXX S.A., llamada en adelante XXXXXX, pide a este Servicio le señale la tributación con el Impuesto al Valor Agregado aplicable a los servicios y operaciones que prestará su representada al Ministerio de Planificación y Cooperación, con el objeto de “Proveer un Sistema Nacional de Información Social en Internet”.

    Señala que su representada ha suscrito un contrato con el Ministerio de Planificación y Cooperación (MIDEPLAN), obligándose en su cláusula segunda, a proveer a ese Ministerio el desarrollo de software, venta de hardware y software básico, arriendo de hardware y software básico, servicio de hosting, capacitación y mantención del sistema.

    Manifiesta que en la cláusula cuarta del mismo contrato, se establece que la empresa se compromete a desarrollar un Sistema de Información Social (CAS), que consiste en un software y base de datos en línea, que se actualizarán de conformidad a las especificaciones formuladas en las bases técnicas de licitación y a las precisiones que surjan del Ministerio de Planificación y Cooperación durante el desarrollo del proyecto.

    Respecto a la remuneración de tales prestaciones, señala que en la cláusula octava del contrato se acuerda que los pagos serán en cuatro cuotas contra la entrega de: a) el plan del proyecto, como cierre de la etapa de planificación; b) el prototipo gráfico del sitio, como cierre de la etapa de análisis y diseño; c) el informe de resultado de prueba de la etapa de desarrollo; y d) la entrega total del proyecto.

    Finalmente, y en el entendido que el diseño y construcción de este tipo de sistemas no se encontraría entre los servicios clasificados en el artículo 20° N°s 3 y 4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, solicita un pronunciamiento de este Servicio respecto a la aplicación del Impuesto al Valor Agregado a las operaciones y prestaciones descritas en su presentación.

  2. - Mediante D.S. N° 414, del año 1991, el Ministerio de Planificación y Cooperación en conjunto con el Ministerio del Interior, crea la “Comisión Nacional CAS”, señalando en su artículo 4°, que corresponde al Ministerio de Planificación y Cooperación el diseño de la ficha, su uso, las formas de aplicación y el procesamiento computacional, como asimismo vigilar la aplicación del instrumento dentro...

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