Causa nº 4293/2008 (Casación). Resolución nº 4293-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 11 de Septiembre de 2008
Juez | Julio Torres A.,Carlos Künsemüller L.,Hernán Álvarez G.,Benito Mauriz A.,Patricio Valdés A. |
Sentido del fallo | RECHAZA CASACION EN EL FONDO |
Corte en Segunda Instancia | |
Número de registro | rec42932008-cor0-tri6050000-tip4 |
Número de expediente | 4293-2008 |
Fecha | 11 Septiembre 2008 |
Partes | SERRANO CANCINO MANUEL ANTONIO CON HOTELERA MONSERRAT S.A |
Tipo de proceso | (Trabajo) Casación Forma y Fondo |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Santiago, once de septiembre de dos mil ocho.
Vistos:
En autos rol Nº 6.332-04 del Séptimo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don M.A.S.C. deduce demanda en contra de Hotelera Monserrat S.A., representada por doña M.M.C.O., a fin que se declare que su despido fue injustificado y se condene a la demandada al pago de las prestaciones reclamadas.
El demandado, opuso las excepciones de caducidad y de prescripción y, en cuanto al fondo, solicitó el rechazo de la demanda fundado en que no despidió al actor y que nada le adeuda.
El tribunal de primera instancia, en fallo de veintisiete de julio de dos mil siete, escrito a fojas 66 y siguientes, rechazó las excepciones de caducidad y de prescripción y, en cuanto al fondo de la acción deducida, declaró que el despido del actor fue ineficaz e injustificado, condenando a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, remuneración correspondiente a 16 días del mes de agosto del año 2004, feriado proporcional, las remuneraciones por el período que media entre la fecha del despido y la del envío o entrega de la comunicación me diante la cual la ex empleadora comunique al actor el pago de las cotizaciones previsionales morosas, todo con reajustes e intereses legales, y el pago de las cotizaciones previsionales y salud por el período laborado, según la liquidación que al efecto realicen las entidades previsionales y de salud correspondientes, con costas.
El demandado dedujo recurso de casación en la forma y apeló. La Corte de Apelaciones de Santiago, declaró inadmisible el recurso de casación en la forma, como se lee a fojas 31; y, por sentencia de once de junio del año en curso, escrita a fojas 98, con nuevos fundamentos, confirmó la sentencia apelada.
En contra de este último fallo, la demandada recurre de casación en la forma y en el fondo, aduciendo las infracciones de ley que señala y solicita se revoque la sentencia impugnada y se dicte la que con arreglo a derecho corresponde, conforme a las peticiones que expresa.
Se declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y se trajeron los autos en relación para conocer del recurso de casación en el fondo.
Considerando:
Que la recurrente expresa que la sentencia impugnada quebrantó los artículos 162, 168, 455, 456 y 480 del Código del Trabajo y 1698, 2523, 2524 y 2503 del Código Civil. El primer error de derecho se habría producido al rechazar la excepción de...
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