Sentencia nº R-169-2017 de Segundo Tribunal Ambiental. 2019-06-14 - Jurisprudencia - VLEX 820113517

Sentencia nº R-169-2017 de Segundo Tribunal Ambiental. 2019-06-14

Sentido del fallorechaza
EmisorSegundo Tribunal Ambiental (Zona Centro)
Fecha14 Junio 2019
Tipo de AsuntoReclamaciones
CIENTO CUARENTA Y
CUATRO 164
REPÚBLICA DE CHILE
SEGUNDO TRIBUNAL AMBIENTAL
Santiago, catorce de junio dos mil diecinueve.
VISTOS:
El 23 de noviembre de 2017, comparecen Juan Carlos Arce, Héctor
Astudillo Olguín, Erick Avilés Pardo, Mario Carvajal
Villalobos, Leonel Cisternas Acevedo, Francisco Javier Fuentes
Vargas, Elsa Luna Pizarro, Eduardo Felipe Martínez Miranda
Eduardo Martínez Ramírez, Juan Moscoso Barría, Gerardo Muñoz
Cordero, Marcelo Navarrete Vergara, Jaime Olivares Garrido,
Claudio Olivares Quitral, Melquisedec Segundo Ortiz, Hugo
Ovando Araya, Mario Ponce Pinto, Nicodemus Quitral Contreras,
Carlos Rojas Castillo, Aníbal Gabriel Salinas Peña, Carlos
Santander Saavedra, Juan Iván Sepúlveda Silva, Julio Soto
Barría, Luis Valenzuela Cabrera, Claudio Veas Moraga, José Vega
Marín, Juan Vega Reinoso, Juan Gregorio Verdejo Pardo, José
Iván Verdejo Ramírez, Alfredo Verdejo Saavedra, Ernesto Gastón
Villalonco Guerrero, Hernán Villalonco Guerrero, Pedro Walker
Navia, Enzo Reinaldo Verdejo Gallardo, Sergio Valdebenito
Yevenes, Leonel Elías Verdejo Gallardo, Juan Carlos Cisternas
Pardo, María Cristina Ramírez Gómez, Orlando Ramírez Toro, Enzo
Alejandro Verdejo Cisternas, Etelvina Del Carmen Núñez López,
Rolando Cisternas Núñez, José Luis Chávez Araya, Segundo Ormeño
Pardo, Juan José Cisternas Loretan, Sergio Hernán Cisternas
Cisternas, Pablo Andrés Manzo Salas, Jonny Avilés Aray, Víctor
Verdejo Cisternas, Miguel Ángel Herrera González, Sergio
Valdebenito Quezada, Sergio Castro Navia, Ignacio Cisternas
Pardo, Ernesto Ramírez Soto, representados por don Alfredo
Nebreda Le Roy (en adelante, "los reclamantes"), interponiendo
reclamación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17
N
°
8 de la Ley N
°
20.600, que Crea Los Tribunales Ambientales
(en adelante, "Ley N
°
20.600"), en contra de la Resolución
Exenta N
°
332, de 29 de septiembre de 2017 (en adelante, "R.E.
N
°
332/2017" o la "resolución reclamada") de la Comisión de
Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso (en adelante,
"la reclamada"), que declaró inadmisible la solicitud de
invalidación de la Resolución de Calificación Ambiental N
°
16,
de 23 de enero de 2017 (en adelante, "RCA N
°
16/2017"), que
calificó favorablemente al proyecto "Terminal Multipropósito
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OXIQUIM Bahía Quintero" (en adelante, "el proyecto") cuyo
titular es OXIQUIM S.A. (en adelante, "el titular").
La reclamación fue admitida a trámite el 20 de diciembre de
2017, y se le asignó el Rol R N
°
169-2017.
I.
ANTECEDENTES DE LA RECLAMACIÓN.
El proyecto consiste en la implementación de un Terminal
Multipropósito que posee dos sitios, el Sitio Norte con
capacidad para recibir "naves máximas" del tipo Handymax
(45.000 DWT) y el Sitio Sur con capacidad para recibir naves
del tipo Cape Size (180.000 DWT) junto con la realización del
proceso de transferencia de graneles. Ambos sitios tendrán la
capacidad para recibir buques tanqueros de 60.000 DWT para la
transferencia de graneles líquidos.
El proyecto ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental (en adelante, "SEIA") el 5 de agosto de 2013,
mediante un Estudio de Impacto Ambiental (en adelante, "EIA"),
por generar los efectos, características o circunstancias de
las letras a, b y f del artículo 11 de la Ley N
°
19.300, siendo
calificado favorablemente mediante la RCA N
°
16/2017.
El 6 de marzo de 2017, don Alfredo Nebreda Le Roy, abogado, en
representación de los reclamantes, presentó una solicitud de
invalidación en contra de la RCA N
°
16/2017 ante la Comisión
de Evaluación de la Región Valparaíso, conforme al artículo 53
de la Ley N
°
19.880 que establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado (en adelante, "Ley N
°
19.880").
El 29 de septiembre de 2017, la Comisión de Evaluación de la
Región de Valparaíso resolvió declarar inadmisible dicha
solicitud de invalidación, mediante la R.E. N
°
332/2017.
II.
DEL PROCESO DE RECLAMACIÓN JUDICIAL.
A fojas 36, don Alfredo Nebreda Le Roy, en representación de
los reclamantes ya individualizados, interpuso reclamación
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judicial ante el Tribunal, fundado en el artículo 17 N
°
8 de
la Ley N
°
20.600, en contra de la R.E. N
°
332/2017. En dicha
actuación, solicitó que se tuviera su reclamación por
presentada dentro de plazo, y dejar sin efecto la R.E.
N
°
332/2017, ordenando que la Comisión de Evaluación "[...]
se
pronuncie sobre el fondo de la invalidación deducida [...]".
En
subsidio de lo anterior, "[...]
pronunciarse sobre el fondo,
decretando, la invalidación de la RCA N
°
16/2017, de 23 de enero
de 2017, que calificó favorablemente el proyecto 'Terminal
Multipropósito, Bahía de Quintero'. 4.- Siempre condenando en
costas a quien deduzca oposición".
A fojas 50, el Tribunal admitió a tramitación la reclamación y
solicitó a la reclamada que informara conforme a lo establecido
en el artículo 29 de la Ley N
°
20.600.
A fojas 53, la reclamada confirió patrocinio y poder, acompañó
documentos y solicitó ampliación de plazo para informar, el
que fue concedido mediante resolución de fojas 57.
A fojas 60, la reclamada evacuó el informe correspondiente,
solicitando al Tribunal que rechace en todas sus partes la
acción de reclamación deducida, con expresa condena en costas.
A fojas 111, el Tribunal tuvo por evacuado el informe de la
reclamada, y ordenó traer los autos en relación.
El 8 de mayo de 2018, se llevó a cabo la vista de la causa con
la concurrencia del abogado Alfredo Javier Nebreda Le Roy por
los reclamantes y la abogada Yordana Mehsen Rojas por la
reclamada.
A fojas 118, se encuentra la constancia de haberse realizado
la vista de la causa y de haber quedado ésta en estudio a
partir de esa fecha.
A fojas 143, la causa quedó en acuerdo.
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