Selección de magistrados constitucionales. Aspectos legales y políticos de la crisis de nombramiento en algunos países europeos - Núm. 2-2018, Noviembre 2018 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 787008861

Selección de magistrados constitucionales. Aspectos legales y políticos de la crisis de nombramiento en algunos países europeos

AutorAnna Chmielarz Grochal - Marzena Laskowska - Jaroslaw Sulkowski
CargoDoctora de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Administración de la Universidad de Lodz, Polonia - Doctora de Derecho Constitucional del Instituto de Estudios Jurídicos de la Academia de Ciencias de Polonia - Doctor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Administración de la Universidad de Lodz, Polonia
Páginas481-525
481
SELECCIÓN DE MAGISTRADOS CONSTITUCIONALES.
ASPECTOS LEGALES Y POLÍTICOS DE LA CRISIS DE
NOMBRAMIENTO EN ALGUNOS PAÍSES EUROPEOS*1
appointmEnt oF Constitutional JudgEs: lEgal and
politiCal aspECts oF thE nomination Crisis in thE
sElECtEd EuropEan CountriEs
anna ChmiElarz-groChal**
Universidad de Lodz,
achmielarz@wpia.uni.lodz.pl
marzEna laskowska***
Instituto de Estudios Jurídicos de la Academia de
Ciencias de Polonia, marzena.laskowska@sejm.gov.pl
Jarosław sułkowsk****
Universidad de Lodz
sulkowski@wpia.uni.lodz.pl
Resumen: El texto presenta la secuencia de eventos y el análisis de la crisis constitucional en varios
países europeos (Croacia, Eslovaquia, España, Italia, Polonia, República Checa), que no se reducirá
a los asuntos personales y únicamente a la composición del Tribunal Constitucional. Tal crisis parece
ser el resultado de la falta de reconocimiento del orden constitucional actual y del hecho de que las
principales fuerzas políticas parecen no valorar la inviolabilidad del status quo constitucional. La crisis
constitucional también se ha traducido en una disminución de la posición del Tribunal Constitucional
en el ojo público, así como en el cuestionamiento de las garantías de imparcialidad e independencia
de los jueces constitucionales. La disputa sobre la composición personal del Tribunal Constitucional
se ha convertido en una grave crisis de esta rama del poder judicial que se ha cuestionado como parte
necesaria del estado democrático de la ley.
* Trabajo recibido el 20 de marzo de 2018 y aprobado el 31 de octubre de 2018.
** Doctora de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Administración de la Universidad de
Lodz, c/Kopcinskiego 8/12, Lodz, Polonia. Tel: +48426354614.
*** Doctora de Derecho Constitucional del Instituto de Estudios Jurídicos de la Academia de Ciencias de
Polonia, c/Nowy Swiat 72, Varsovia, Polonia. Tel: +48228227853.
**** Doctor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Administración de la Universidad de
Lodz, c/Kopcinskiego 8/12, Lodz, Polonia.
Estudios Constitucionales, Año 16, Nº 2, 2018, pp. 481-526
ISSN 07180195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
Selección de magistrados constitucionales. Aspectos legales y políticos
de la crisis de nombramiento en algunos países europeos”
Anna Chmielarz-Grochal - Marzena Laskowska - Jarosław Sułkowsk
Estudios Constitucionales, Año 16, Nº 2
2018, pp. 481-526
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2018, pp. 481-526
AnnA ChmielArz-GroChAl - mArzenA lAskowskA - JArosłAw sułkowsk
AbstRAct: The paper is meant to present brief‌ly the sequence of events and the analysis of the
constitutional crisis in several European countries (Croatia, the Czech Republic, Italy, Poland, Slovakia,
Spain) that shall not be reduced to the personal matters and solely to the composition of constitutional
court. Such crisis seems to result from the lack of recognition for current constitutional order and from
the fact that major political forces seem not to value inviolability of constitutional status quo. The
constitutional crisis has also resulted with lowering the position of the constitutional court in the public
eye, as well as with questioning the guarantees of impartiality and independence of constitutional
judges. The dispute over the personal composition of constitutional court has turned into a serious crisis
of this branch of judiciary that have been challenged as a necessary part of democratic state of law.
PAlAbRAs clAve: Tribunal Constitucional, selección de magistrados constitucionales, crisis de
nombramiento.
Key woRds: Constitutional court, constitutional judges appointment, nomination crisis.
introduCCión
El control institucionalizado de constitucionalidad se ha desarrollado en
los países europeos en diferentes momentos y a ritmos diferentes, sobre la base
de diferentes sistemas políticos y en el contexto de las condiciones históricas,
sociales, religiosas y legales específ‌icas de cada nación. Sin embargo, en el área
estudiada, en la gran mayoría de los países europeos, se han adoptado regula-
ciones homogéneas, en la medida que permite hablar sobre el surgimiento de
un modelo europeo de control de constitucionalidad de la ley. Su origen está
relacionado con el trabajo del jurista austríaco Hans Kelsen. Él creó la teoría
de la existencia del orden legal como una estructura jerárquica, justif‌icando y
legitimando el control de constitucionalidad de la ley, que determina la validez
de todo el sistema normativo. La idea de Kelsen, por primera vez ref‌lejada en
el texto de la Constitución de Austria de 1920, sirvió de inspiración para varios
países europeos, sin embargo, los mecanismos de control de constitucionalidad
previstos en sus constituciones no tuvieron posibilidad de anclarse en la prácti-
ca política debido al surgimiento y desarrollo del fascismo. Desde el f‌inal de la
Segunda Guerra Mundial, se han creado tribunales constitucionales en aquellos
países europeos que han experimentado una transformación democrática. El
propósito de establecer estas instituciones no solo fue poner f‌in al legado de los
regímenes totalitarios anteriores, sino también garantizar la protección de los
derechos humanos violados por estos sistemas. Desde el f‌inal de la Segunda Gue-
rra Mundial, se creaban tribunales constitucionales en aquellos países europeos
que experimentaban una transformación democrática. El propósito de establecer
estas instituciones no sólo fue poner f‌in al legado de los sistemas totalitarios an-
teriores, sino también garantizar la protección de los derechos humanos violados
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Selección de magiStradoS conStitucionaleS. aSpectoS legaleS
y políticoS de la criSiS de nombramiento en algunoS paíSeS europeoS
por estos sistemas1. En primer lugar, se establecieron tribunales constitucionales
en los países donde las teorías constitucionales fundadas en la primacía de la ley
fueron arruinadas: en Austria, Alemania e Italia, en segundo lugar en Grecia,
España y Portugal, y, en tercero, en los países poscomunistas2. El poder judicial
constitucional establecido en los países de Europa Central y Oriental se basa en
los logros del pensamiento y en la experiencia de la Europa Occidental y, a través
de ellos, en las directrices del modelo de control de la constitucionalidad de la
ley de Kelsen. Este modelo expresa en sus características básicas la continuidad
de la formación del poder judicial constitucional en Europa3. Como resultado,
aparte de unas soluciones excepcionales utilizadas en algunos países europeos,
que siguen el sistema difuso de control de constitucionalidad, basándose en el
régimen estadounidense, en el viejo continente domina el sistema de control de
constitucionalidad basado en el modelo austriaco, denominado concentrado, con
un órgano especializado independiente establecido para su ejecución4.
El Tribunal Constitucional, como garante de la constitución, asegura que
las autoridades públicas respeten la división de competencias def‌inida consti-
tucionalmente y mantengan el equilibrio mutuo. Esta tarea, la lleva a cabo el
Tribunal Constitucional en el curso de un control abstracto de la conformidad
jerárquica de las normas, eliminando del orden jurídico las disposiciones in-
constitucionales adoptadas por el parlamento, siendo una medida que limita el
1 La existencia de una constitución que no solo organiza el estado, sino que también proporciona protec-
ción a los ciudadanos, permite construir la identidad constitucional del estado y de los ciudadanos. Véase
rosEnFEld (2012), p. 761. Véase también poliCastro (2004), pp. 55-100.
2 Cabe señalar, sin embargo, que en algunos países (Yugoslavia, Checoslovaquia y Polonia) los tribunales
constitucionales, aunque privados de algunas de las competencias clave, se crearon y comenzaron sus
actividades incluso antes del cambio de su régimen al democrático.
3 granat (2003), p. 253. Para más información sobre la creación de tribunales constitucionales en los
países europeos véase, entre todo, ginsburg (2018), pp. 81-95; sadurski (2014), pp. 3-13 y 43-44;
roussEau (1999), pp. 22-28.
4 De acuerdo con los cambios a los que está sujeta la posición de las constituciones nacionales, también
la importancia de los tribunales constitucionales europeos evoluciona constantemente. La mayoría de los
países europeos, por una parte, tienen una estructura organizativa y territorial nacional independiente, por
otra parte, tienen el estatus de Estado miembro de la comunidad supranacional: la Unión Europea. Por lo
tanto, los tribunales constitucionales y el Tribunal de Justicia de la UE compiten entre sí por ser el “tribunal
de última palabra”. Véase, entre todo: wóJtowiCz (2014), p. 195; vosskuhlE (2010), pp. 175-
198; saFJan
(2015), pp. 375-389; kwiECiEń (2005), pp. 1479-1495. Desde este punto de vista, la actividad judicial de
los tribunales constitucionales se ha convertido en uno de los instrumentos de la política exterior.

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