Seguridad nacional y secretos de estado - vLex Chile

Seguridad nacional y secretos de estado

AutorMiguel Revenga Sánchez
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Cádiz (España)
Páginas23-38
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El impErio dE la política
caPÍtulo I
seguridad nacional y secreto s de estado
soBre la Pervivencia del secret o de estado
La publicidad es un elemento esencial de la democracia. Sea lo que sea lo
que se entienda por esta, ninguna teoría democrática merece tal nombre si no
incluye entre sus elementos claves la transparencia de la acción de gobierno.
Puede decirse incluso que la publicidad política es indisociable de la aparición
del constitucionalismo, si por tal entendemos un movimiento de carácter
político e ideológico que se impone aquí y allá mediante las revoluciones
burguesas y al que solo de forma paulatina, y en un proceso inacabado, se
incorporan las exigencias de la democracia. El adagio quod ad omnes tangit
ab omnibus aprobetur, de resonancia medieval por recuperación de un tópico
clásico, permitiría retroceder más en el tiempo.
En pleno iluminismo, Kant llevó a sus últimas consecuencias la defensa
de la publicidad, conectándola con la ética: «todas las acciones relativas a
los derechos de los demás que resulten incompatibles con la publicidad son
siempre injustas». Y también a la inversa: «todas las acciones que necesiten de
la publicidad para no errar en sus propósitos resultan conformes a la moral
y a la política al mismo tiempo».1 El problema es que el reino de la política
y el de la ética solo ocasionalmente alcanzan puntos de contacto. En su
aplicación práctica, la exigencia de publicidad como uno de los elementos que
cualican a la democracia, y aun al constitucionalismo, se presenta plagada
de contradicciones.
El proceso degenerativo de la publicidad política se ha descrito muchas
veces. La proclamación de la soberanía nacional bastó en el continente europeo
para dar cobertura a lo que había costado en Inglaterra una centuria. Frente a
los arcana imperii del Antiguo Régimen, la publicidad se elevó a la condición de
principio estructural del Estado burgués.2 En este tipo de Estado, la división
del poder y la idea del imperio de la ley como ley consentida concentraron,
sin embargo, la exigencia de publicidad en la discusión parlamentaria. En
el ámbito del poder ejecutivo no hay fundamento paralelo que iguale al
menos la justicación ofrecida para la publicidad parlamentaria. Frente a la
notoriedad de la discusión legislativa, la resistencia a la apertura por parte de
los núcleos duros del poder —ejército, burocracia, representación del Estado
1 La paz perpetua, apéndice; véase João Almino, O Segredo e a Informação. Etica e Politica no
Espaço Publico (São Paulo, Editora Brasiliense, 1986), p. 46.
2 Jürgen Habermas, Historia y crítica de la opinión pública (Barcelona, Gustavo Gili, 1981), p. 89.
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Miguel Revenga Sánchez
hacia el exterior— originó pronto conictos que se resolvieron ad casum y casi
siempre en favor de la reserva, lo que desde el primer momento erosionó las
posiciones de principio.
Un segundo factor que restó sustancia a la publicidad fue la transformación
de su función política. El liberalismo clásico contempló la publicidad
con impulsos contrapuestos. La opinión pública se percibió como un
instrumento de emancipación, pero al mismo tiempo se apreció el peligro de
desbordamiento inherente a su inujo: razón frente a pasión. También aquí
el pragmatismo acomodaticio actuó poderosamente en favor de la discreción,
y la publicidad parlamentaria fue degenerando en publicidad aclamativa.
La función del Parlamento como órgano de integración de la sociedad en el
Estado quedó al n transformada de raíz.3
En la sociedad tecnológica, en la era de la revolución informativa y de la
democracia de partidos, el problema adquiere otras coloraciones, pero las
contradicciones consustanciales a la publicidad política perduran. Lo que
la opinión pública ha ganado en capacidad de seguimiento de la acción de
gobierno a través de canales institucionales y difusos de control, lo ha hecho
a costa de alejarse de las instancias reales de decisión.
Sea o no tal alejamiento un componente necesario para el despliegue de
la democracia,4 lo cierto es que la política como espectáculo, la barrera de la
especialización (la política como profesión, que diría Max Weber) y la variante
fría del control como rechazo de —o adhesión a— unas líneas programáticas
generales, son el caldo de cultivo para el eterno retorno del secreto. La
etimología del término (del latín se cernere, separarse, alejarse, escindirse) le
aporta mejor que nada su justicación y su razón de ser. Junto a la publicidad,
el secreto está rmemente instalado en los entresijos de la democracia. La
renacentista razón de Estado se ha revelado mucho más robusta de lo que
pudiera sospecharse.5
3 De nuevo Habermas: «en la medida en que Estado y sociedad se interpenetran, pierde
la publicidad y con ella la publicidad constituida como órgano estatal, es decir, el
Parlamento, ciertas funciones mediadoras. El continuado proceso de integración se
asegura ahora de otro modo. Con un debilitamiento de la posición del Parlamento coincide
el robustecimiento de factores transformadores del Estado en la sociedad (administración)
y viceversa, de la sociedad en el Estado (sindicatos, organizaciones, partidos)» (Historia
y crítica de la opinión pública, cit., p. 224). Y también: «en la transformación funcional
del Parlamento se hace maniesta la cuestionabilidad de la publicidad como principio
organizativo del ordenamiento estatal: de un principio de crítica (por parte del público)
se ha convertido en un principio de integración dirigida (por parte de las instancias
representantes: de la administración y los partidos)» (Historia y crítica..., cit., p. 233).
4 Véanse las observaciones al respecto de Giovanni Sartori, Teoría de la democracia (Madrid,
Alianza, 1988), cap. V («La democracia gobernada y la democracia gobernante»).
5 La constatación de la pujanza del secreto da pie a Norberto Bobbio para mostrar su
sorpresa por la escasa atención que se le presta en los tratados de ciencia política y
derecho público, «como si, con la aparición de los estudios constitucionales modernos y
con la formación de la opinión pública, el fenómeno hubiera desaparecido por completo»
(«La crisis de la democracia y la lección de los clásicos», en Bobbio, Pontara y Veca, Crisis
de la democracia, Barcelona, Ariel, 1985, pp. 5 y ss.).

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