Resolucion núm. 4212 EXENTA, el 05 de Julio de 2008. APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER DOS (2) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, REGIONES DE COQUIMBO Y DEL MAULE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470287322

Resolucion núm. 4212 EXENTA, el 05 de Julio de 2008. APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER DOS (2) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, REGIONES DE COQUIMBO Y DEL MAULE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER DOS (2) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, REGIONES DE COQUIMBO Y DEL MAULE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Núm. 4.212 exenta.- Santiago, 11 de junio de 2008.- Considerando:

Que se encuentran vacantes dos (2) cargos correspondientes a Jefe del Departamento de Planificación Regional, grado 8° EUS, con desempeño en la Secretaría Ministerial de Educación de la Región de Coquimbo y del Maule, del Ministerio de Educación.

Que por Resolución Nº 7.233, de fecha 14 de septiembre de 2007, se ha declarado parcialmente desierto el "Llamado a concurso interno para proveer el cargo de Jefe del Departamento de Planificación Regional para las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación de la IV, VII y XII Región".

Que, para la provisión de los dos (2) cargos vacantes, es necesario realizar, de acuerdo con la normativa vigente, un concurso público que garantice un proceso de selección igualitario, objetivo, transparente y de calidad técnica.

Que, con la finalidad de propender al desarrollo eficiente y eficaz del proceso de selección que se requiere, se dispuso la contratación de un servicio de consultoría externa especializada, de conformidad con la normativa vigente, a fin que ésta desarrolle las etapas de evaluación de requisitos, curricular, técnica y psicolaboral, según como se define en las Bases que por este acto se aprueban.

Que, conforme a lo señalado en la letra c) del artículo 8º del D.F.L. Nº 29, de 2004, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Estatuto Administrativo, en relación con lo dispuesto en el artículo 27º de la Ley Nº 19.882, resulta necesaria la provisión de los cargos señalados mediante concurso público regulado por el Decreto Supremo de Hacienda N° 69/04, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo.

Visto: Lo dispuesto en la letra c) del artículo de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; el artículo 27º de la Ley Nº 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; el artículo 2º, letra a) del D.F.L. (Ed.) Nº 4, de junio de 2006; Resolución Exenta N° 7.233, de 2007, del Ministerio de Educación, y la Resolución Nº520/96, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones, de 1996,

Resuelvo:

Artículo único

Apruébanse las Bases Administrativas y Anexos del Concurso Público para proveer dos (2) cargos de Jefe del Departamento de Planificación Regional, grado 8° EUS, con desempeño en la Secretaría Ministerial de Educación de las Regiones de Coquimbo y del Maule, del Ministerio de Educación, cuyo texto es el siguiente:

BASES ADMINISTRATIVAS LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO DOS (2) CARGOS DE JEFE DE DEPARTAMENTO DE LA PLANTA DE DIRECTIVOS AFECTOS AL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 18.834 (TERCER NIVEL JERÁRQUICO) FUNCIÓN: JEFE DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN REGIONAL SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, REGIÓN DE COQUIMBO Y DEL MAULE, MINISTERIO DE EDUCACIÓN 2008

El Ministerio de Educación requiere proveer dos (02) cargos de Jefe de Departamento de la Planta de Directivos afectos al artículo 8º de la Ley Nº 18.834, en Calidad Jurídica de Titular, Grado 8º E.U.S., para desempeñarse como Jefe del Departamento de Planificación Regional, en la Secretaría Ministerial de Educación de las Regiones de Coquimbo y del Maule, ubicadas en:

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 05.07.2008, PAGINA 13

El proceso de selección definido es un procedimiento de etapas sucesivas, en que cada etapa contempla un mecanismo de aprobación para acceder a la siguiente, y estará regido por lo indicado en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 29, del Ministerio de Hacienda, que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, y en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 69, de 2004, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo. El proc. de evaluación curricular, técnica y psicolaboral se realizará a través de la contratación de una consultora especializada, de conformidad con lo establecido en el artículo 23° del mencionado DFL.

  1. - POSTULANTES:

    El Ministerio de Educación invita a presentar sus antecedentes al siguiente llamado a concurso público a los profesionales que acrediten Título Profesional en el área de la Administración, Finanzas, Contabilidad o de la Ingeniería, que hayan desarrollado parte importante de su carrera laboral en el ámbito de la Administración y Finanzas, que posean altos valores éticos y sentido de la probidad, que deseen integrarse a la Secretaría Ministerial de Educación de las Regiones de Coquimbo y del Maule y que reúnan los requisitos solicitados.

    Con la finalidad de resguardar la confidencialidad de la información y la transparencia del proceso, todos los postulantes serán identificados a través del número de RUT.

  2. - CARACTERÍSTICAS DEL CARGO:

    NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 05.07.2008, PAGINA 14

    Funciones

    * Responsable de las funciones en las áreas presupuestaria, informática, de inversiones, gestión y desarrollo, en lo que sea pertinente a la Secretaría Ministerial de Educación de la Región, teniendo como base las políticas definidas para las diferentes materias y la normativa vigente, en coordinación funcional con las unidades del nivel central responsables de dichas materias y con las unidades del nivel regional y provincial que le corresponde.

    * En el área presupuestaria tiene como función principal la racionalización, asignación y control de los recursos financieros públicos asignados a la Secretaría Ministerial de Educación de la Región.

    * En el área informática debe asegurar el adecuado y oportuno servicio de soporte a los usuarios de la Secretaría y Departamentos Provinciales, administración de la red computacional, desarrollo de las aplicaciones y sistemas de información.

    Le corresponderá apoyar la promoción e implementación de los sistemas institucionales de Información, Control y Gestión desarrollados bajo el marco de Tecnologías de Información y Comunicaciones.

    * En el área de inversiones debe asegurar una óptima gestión de los procesos de inversiones que se requiere implementar en la Región, tanto en el ámbito interno como externo, propios del sector, en los que se ven comprometidos los recursos fiscales, proporcionando la asesoría y apoyo técnico que los diferentes actores del proceso demanden en las diferentes etapas de los mismos, para el logro de los objetivos que se hayan definido en la materia.

    * En el área de gestión debe operar un sistema de control de gestión de las distintas áreas de la Secretaría y Departamentos Provinciales, incluido el sistema de fortalecimiento de la gestión escolar.

    Responsable de la formulación y seguimiento del Plan Regional y el mantenimiento de un sistema de información territorial, con indicadores a nivel regional que le permita realizar los análisis y estudios necesarios para apoyar la toma de decisiones de las autoridades, considerando la participación de todos los actores del nivel regional.

    * En el área de desarrollo debe responsabilizarse del desarrollo de innovaciones que apunten a mejorar la gestión de la Secretaría Regional y del Sistema Escolar Regional de Educación, involucrando a los actores del proceso y logrando el financiamiento para la implementación de los mismos.

    * En el plano de sus funciones directivas debe asesorar a las autoridades regionales del sector para la implementación de estrategias que estimulen un clima laboral propicio para el trabajo en equipo, reforzando las capacidades del equipo de trabajo, en un contexto de gestión y evaluación objetiva.

    * Le corresponderá participar en los Gabinetes Regionales, Sectoriales y otras instancias cuando la autoridad así lo requiera y determine.

  3. - REQUISITOS DE POSTULACIÓN:

    3.1. Requisitos Generales:

    Los postulantes deberán cumplir con los Requisitos Generales establecidos en el Artículo 12º del DFL Nº 29/04, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834/89, sobre Estatuto Administrativo, esto es:

    1. Ser ciudadano.

    2. Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente.

    3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.

    4. Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional que por la naturaleza del empleo exija la ley.

    5. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco (5) años desde la fecha de expiración de funciones.

    6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o procesado por crimen o simple delito.

      Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no podrán estar afectos a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en los artículos 54° y 56° de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Ley N° 18.575, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el DFL Nº1/19.653, esto es:

      . Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a 200 UTM o más con el Ministerio de Educación.

      . Tener litigios pendientes con el Ministerio de Educación, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

      . Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga...

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