Sanciona el daño a los símbolos patrios e impide postular a cargos públicos a quienes cometan delitos contra el patrimonio cultural - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914507100

Sanciona el daño a los símbolos patrios e impide postular a cargos públicos a quienes cometan delitos contra el patrimonio cultural

Fecha30 Agosto 2022
Fecha de registro30 Agosto 2022
Número de Iniciativa15315-06
Autor de la iniciativaAraya Lerdo de Tejada, Cristián, De la Carrera Correa, Gonzalo, Irarrázaval Rossel, Juan, Jürgensen Rundshagen, Harry, Kaiser Barents-Von Hohenhagen, Johannes, Meza Pereira, José Carlos, Moreno Bascur, Benjamín, Romero Leiva, Agustín, Sánchez Ossa, Luis, Trisotti Martínez, Renzo
Cámara Legislativa de OrigenMoción,Cámara de Diputados
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Gobierno Interior Nacionalidad Ciudadanía y Regionalización
Tipo de proyectoProyecto de ley
Proyecto de ley que sanciona a quienes dañen los
símbolos patrios, y que impide postular a cargos públicos
a quienes cometan delitos contra el patrimonio cultural
Antecedentes
La Constitución Política de la República dispone en su artículo 8°que
el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto
cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones. Por otra
parte, la Ley Orgánica Constitucional N°18.575 sobre Bases Generales de
la Administración del Estado señala en su artículo 13 que los
funcionarios de la Administración del Estado deberán observar el
principio de probidad administrativa y, en particular, las normas legales
generales y especiales que lo regulan. Su inciso segundo agrega que la
función pública se ejercerá con transparencia, de manera que permita y
promueva el conocimiento de los procedimientos, contenidos y
fundamentos de las decisiones que se adopten en ejercicio de ella.
Como señala Luis Cordero Vega, el principio de probidad impone el
deber de los funcionarios del Estado de actuar de conformidad a los
intereses públicos y fines a los cuales debe servir, prohibiendo otorgar
preferencias o disfavores a él u otras personas
1
.
Parece del todo lógico esperar una conducta intachable, transparente
y éticamente correcta por parte de las personas que ejercen un rol,
función o cargo de carácter público, especialmente si dicho puesto es de
1
CORDERO VEGA, Luis (2018): Lecciones de Derecho Administrativo (Santiago,
Thomson Reuters, segunda edición corregida), página 119.
30-08-2022
14:32

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