Decisión nº C122-16, de Consejo de Transparencia de 12 de Abril de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645385425

Decisión nº C122-16, de Consejo de Transparencia de 12 de Abril de 2016

Fecha de Resolución12 de Abril de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaIndustria (Productividad), Municipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C122-16

Entidad pública: Municipalidad de Valparaíso

Requirente: Rodrigo Urcelay Jordán

Ingreso Consejo: 15.01.2016

En sesión ordinaria N° 697 del Consejo Directivo, celebrada el 12 de abril de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C122-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 13 de enero de 2016, don Rodrigo Urcelay Jordán solicitó a la Municipalidad de Valparaíso, en formato Excel, "información de las patentes locales que tengan permiso para vender alimento para mascotas (tales como clínicas veterinarias, locales comerciales, excepto supermercados y tiendas de mascotas) que se encuentren vigentes a diciembre 2015 de todos los locales inscritos en esta municipalidad. Favor incluir datos como rol de patente, razón social, dirección (con ciudad, localidad y calle) y el rut de los locales comerciales también si es posible.".

2) RESPUESTA: El 14 de enero de 2016, la Municipalidad de Valparaíso, por medio de presentación de fecha 14 de enero de 2016, respondió a dicho requerimiento de información, señalando que adjunta un listado -planilla Excel- de las patentes registradas en la comuna a la fecha, con indicación del número de rol, nombre del contribuyente, domicilio comercial y fecha de otorgamiento. Asimismo, indica que de conformidad a lo dispuesto en la ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, no corresponde entregar los datos personales de los contribuyentes, tales como, teléfono, RUN, domicilio particular, correo electrónico, entre otros.

Se hace presente que en la planilla entregada por el órgano se consigna información desagregada en los siguientes campos: "rol"; "nombre"; "dirección comercial"; "giro"; fecha otorgamiento"; "tipo patente"; y, "rol propiedad" relativa a 9.863 patentes.

3) AMPARO: El 15 de enero de 2016, don Rodrigo Urcelay Jordán dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que se entrega parte de la información solicitada pero "faltan datos, específicamente los del rut de los locales comerciales". Asimos, hizo presente que si bien se "adjuntaron muchísimos datos de patentes de locales que no requería", no le importa tanto dicha circunstancia sino que más bien "tener toda la información".

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: Este Consejo acordó admitir...

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