Decisión nº C366-15, de Consejo de Transparencia de 26 de Febrero de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 562346966

Decisión nº C366-15, de Consejo de Transparencia de 26 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución26 de Febrero de 2015

DECISIÓN AMPARO ROL C366-15

Entidad pública: Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud de la Región de Coquimbo.

Requirente: Rocío Peña Álvarez.

Ingreso Consejo: 13.02.2015.

En sesión ordinaria N° 594 de su Consejo Directivo, celebrada el 26 de febrero de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C366-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 13 de diciembre de 2013, la Sra. Rocío Peña Álvarez realizó una presentación a la SEREMI de Salud de la Región de Coquimbo, solicitando que dicho órgano proceda a aplicar el "Silencio Administrativo Positivo" establecido en el artículo 64 de la ley N° 19.880, al no pronunciarse sobre la petición presentada por la misma reclamante con fecha 9 de mayo de 2013, en la que requirió a la citada SEREMI, en su calidad de organismo fiscalizador, que realizara inspección de una fosa ilegal, ubicada en la propiedad de calle Urmeneta Norte N° 39, Tongoy, Región de Coquimbo. Solicita además, se proceda a establecer plazo para la clausura de la propiedad referida si es que no se realizan las obras correspondientes.

2) Que, con fecha 13 de febrero de 2015, la Sra. Rocío Peña Álvarez deduce amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la SEREMI de Salud de la Región de Coquimbo, fundado en que no se otorgó respuesta a su requerimiento, solicitando por este medio, que este Consejo...

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