Decisión nº C118-14, de Consejo de Transparencia de 9 de Abril de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 544589674

Decisión nº C118-14, de Consejo de Transparencia de 9 de Abril de 2014

Fecha de Resolución 9 de Abril de 2014
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C118-14

Entidad pública: Municipalidad de La Pintana

Requirente: Roberto Leiva Olivares

Ingreso Consejo: 15.01.2014

En sesión ordinaria Nº 514 del Consejo Directivo, celebrada el 9 de abril de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C118-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes Nº 20.285 y Nº 19.880; lo previsto en el D.F.L. Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575; y los D.S. Nº 13/2009 y Nº 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley Nº 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 29 de noviembre de 2013, Roberto Leiva Olivares solicitó al/a la Municipalidad de La Pintana, en adelante también la Municipalidad o el Municipio, la siguiente información:

a) Estatutos vigentes legalizados por el Secretario Municipal de la Junta de Vecinos 21 -1 Lo Blanco;

b) Registro de socios de la Junta de Vecinos 21-1 Lo Blanco;

c) Certificado de Directorio vigentes de la Junta de Vecinos 21- 1 Lo Blanco;

d) Comodato otorgado por la Municipalidad de La Pintana a la Junta de Vecinos 21-1 Lo Blanco; y,

e) "Documentos presentados ante la Secretaría Municipal de todo el procedimiento de adecuación de los estatutos a la Ley Nº 20.500 y todo lo que obre en poder de la carpeta de archivo individual que lleva la Municipalidad de La Pintana de la Junta de Vecinos 21-1 Lo Blanco".

2) RESPUESTA: El 27 de diciembre de 2013 la Municipalidad de La Pintana respondió a dicho requerimiento de información mediante oficio N° 36. Adjunto copia de Decreto N° 2342 de la misma fecha, por el cual señaló, en síntesis, que:

a) Señala que se encuentra a disposición del solicitante copia autorizada por la Secretaría Municipal del Estatuto de los Estatutos de la Junta de Vecinos 21-1 Lo Blanco; certificado de Directorio Vigente de la Junta de Vecinos 21-1 Lo Blanco; y, copias simples del Contrato de Comodato otorgado por la Municipalidad de la Puntana a la Junta de Vecinos 21-1 Lo Blanco y su decreto aprobatorio. (letras a), c) y d) de la solicitud).

b) Respecto del requerimiento de la letra b), la solicitud se refiere a una base de datos de carácter personal de los socios de una organización comunitaria, los que están protegidos por la Ley N° 19.628 y que la municipalidad mantiene sólo en virtud de sus funciones legales, datos cuyo tratamiento por parte de los organismos públicos sólo puede efectuarse en materias de sus respectivas competencias y utilizarse sólo para los fines para los cuales hubieren sido recolectados, prohibiéndose su comunicación y transmisión en cualquier otro caso. Por lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9, 10 y 20 de la Ley N° 19.628, deniega en esta parte la solicitud.

c) En cuanto a la solicitud del literal e), su publicidad, comunicación o conocimiento afecta el debido cumplimiento de sus funciones, por tratarse de un requerimiento de carácter genérico cuya atención requiere distraer indebidamente a los funcionarios del cumplimiento regular de sus labores.

3) AMPARO: El 15 de enero de 2014, Roberto Leiva Olivares dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra de la Municipalidad de La Pintana, fundado en que se denegó parcialmente su solicitud de información. El reclamante acompañó copia de acta de entrega de información, de 14 de enero de 2014, que da cuenta de la entrega de los documentos solicitados por los literales a), c) y d) de la solicitud.

4) DESCARGOS Y OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de este Consejo trasladó este amparo al Sr. Alcalde de la Municipalidad de La Pintana mediante oficio N° 391, de 29 de enero de 2014. Se solicitó especialmente que al formular sus descargos: (1°) se refiriese, específicamente, a las causales de secreto o reserva que a su juicio harían procedente la denegación de la información solicitada: (2°) se refiriese al volumen de la información solicitada; (3°) explicase cómo lo solicitado afecta el debido cumplimiento de las funciones del órgano que usted representa; y, (4°) acompañase copia íntegra de la respuesta entregada al reclamante, incluido el Decreto N° 1.001-T/52, de 27 de diciembre de 2013.

Mediante oficio N° 21, de 18 de febrero de 2014, el Sr. Administrador Municipal de la Municipalidad de La Pintana presentó sus descargos, señalando, en síntesis que:

a) Respecto de la solicitud del literal b), se denegó puesto que dicha solicitud de información dice relación con una base de datos de carácter personal de los socios de una organización comunitaria, los que están...

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