Causa nº 95029/2016 (Casación). Resolución nº 86750 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 6 de Marzo de 2017
Juez | Jorge Dahm O.,Gloria Ana Chevesich R.,Carlos Cerda F. |
Corte en Segunda Instancia | - C.A. de Santiago |
Rol de ingreso en primera instancia | C-6812-2015 |
Número de expediente | 95029/2016 |
Fecha | 06 Marzo 2017 |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 2542-2016 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Partes | RINALDI / ORDENES |
Sentencia en primera instancia | - 4º Juzgado de Familia Santiago |
Número de registro | 95029-2016-86750 |
Santiago, seis de marzo de dos mil diecisiete. Visto y teniendo presente:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante principal y demandado reconvencional contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que confirmó la del grado que desestimó la demanda de rebaja de alimentos y acogió la demanda reconvencional de aumento.
Que el recurrente sostiene que en el fallo impugnado se infringió lo dispuesto en el artículo 32 de la ley Nº 19.968, en relación con los artículos 230, 332, 323 y 1700 del Código Civil, por cuanto se acreditó el cambio de circunstancias relativas a la condición económica del alimentante, que no fue considerada por los jueces del fondo, fundada en la existencia de un nuevo hijo nacido con posterioridad al momento en que fueron regulados los alimentos vigentes, lo que fue acreditado con el certificado de nacimiento, por lo que se infringió el sistema de valoración de la sana critica, pues no se consideró un acontecimiento relevante que modifica las circunstancias que se tuvieron en vista al fijar los alimentos, agregando que el nuevo monto de la pensión regulado no considera un aporte proporcional a la manutención del hijo en común, considerando que la madre es una profesional médico cirujano de buena situación económica, que percibe ingresos mensuales cercanos a los $3.000.000 y cuya única carga alimenticia es el hijo común.
Por lo anterior, solicita la invalidación de la sentencia y la dictación de la correspondiente de reemplazo que acoja la demanda de rebaja de pensión de alimentos regulada respecto del niño B.R.O..
Que la causa se inició por demanda por la que se requirió decretar la rebaja de la pensión alimenticia acordada por las partes en causa C-2612-2011 del Cuarto Juzgado de Familia de Santiago, el día 24 de mayo de 2011, consistente en las siguientes prestaciones: 1) depósito de $515.000 mensuales, reajustable según variación semestral del IPC; 2) gastos de escolaridad con un monto tope de $300.000, reajustable según IPC; 3) gastos de uniforme y útiles escolares; 4) pago de la cuota de incorporación del colegio al que ingrese el hijo, en cuyo caso y solo por el año respectivo no pagará la prestación del punto 3), la que será asumida por la madre; y 5) gastos médicos y de...
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