El riesgo de desarrollo en la responsabilidad por productos del derecho colombiano - Núm. 20-1, Enero 2014 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 643819897

El riesgo de desarrollo en la responsabilidad por productos del derecho colombiano

AutorFabricio Mantilla Espinosa - Francisco Ternera Barrios
CargoProfesor de Carrera de la Universidad del Rosario - Profesor de Carrera de la Universidad del Rosario
Páginas39-66
Trabajo recibido el 8 de julio y aprobado el 1 de noviembre de 2013
El riesgo de desarrollo en la responsabilidad
por productos del derecho colombiano*1
tHe Development risK clause in
colombian proDuct liability law
fabricio mantilla espinosa**2
francisco ternera barrios***3
resumen
Este ensayo, desde la perspectiva del derecho comparado, estudia la noción de riesgo de desarrollo,
como causal de exoneración de responsabilidad por el hecho de los productos en el derecho
colombiano. Partiendo de las nociones de “defecto” y “exoneración de responsabilidad”, los
autores analizan el alcance de las innovaciones incorporadas por el régimen de responsabilidad
por el hecho de los productos defectuosos en un sistema cuyo fundamento se encuentra en el
Código de don Andrés Bello.
abstract
This essay explores, from the perspective of comparative law, the notion of development risk
as grounds for the exclusion of product liability under Colombian law. Based on the notions
of “default” and “exclusion of liability” (or defense), the authors analyze the scope of the
innovations incorporated by the products liability regime in a system that is based on the code
of Andrés Bello.
palabras clave
Responsabilidad por productos defectuosos, Derecho comparado, Negligencia, Daños, Causal
de exoneración de responsabilidad.
*1 Todas las citas de textos en otros idiomas son traducciones libres.
Este artículo es un avance de la investigación sobre mecanismos alternativos de solución de contro-
versias en el marco del proyecto “Los regímenes de indemnización de perjuicios”. Los autores son
investigadores de la línea de Derecho Civil del Grupo de investigaciones en Derecho Privado de la
Facultad de Juris prudencia de la Universidad del Rosario, institución que f‌inancia el proyecto.
Los autores agradecen muy especialmente a sus colegas y amigos Fernando Castillo Mayorga y Carlos
Pizarro Wilson por sus valiosos consejos y críticas.
**2 Profesor de Carrera de la Universidad del Rosario. Master en Derecho Privado (Universidad de París
II). Master en Derecho Civil (Universidad de París II). Master en Derecho Internacional Privado (Univer-
sidad de París II). Correo electrónico: fabricio.mantilla@urosario.edu.co, fabricio._mantilla@yahoo.fr.
***3 Profesor de Carrera de la Universidad del Rosario. Doctor en Derecho (Universidad Alfonso X de
Madrid). Master en Derecho Privado (Universidad de París II). Master en Derecho Administrativo (Uni-
versidad Alfonso X de Madrid). Master en Derecho Civil (Universidad de París II). Correo electrónico :
francisco.ternera@urosario.edu.co, franciscoternera@yahoo.com.
Revista Ius et Praxis, Año 20, Nº 1, 2014, pp. 39 - 66
ISSN 0717 - 2877
Universidad de Talca - Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
“El riesgo de desarrollo en la responsabilidad
por productos del derecho colombiano”
Fabricio Mantilla Espinosa - Francisco Ternera Barrios
39
Revista Ius et Praxis, Año 20, Nº 1
2014, pp. 39 - 66
artículos De investigación / researcH articles Fabricio Mantilla Espinosa - Francisco Ternera Barrios
40
KeyworDs
Products liability, Comparative law, Negligence, Damages, Grounds
for exclusion of liability (defense)
La expresión “riesgo de desarrollo” es un neologismo críptico que, de
entrada, antes que jurídico, parece sacado de un discurso activista ecologista
o de una guía para padres de hijos púberes. Sin embargo, esta expresión ha
sido acuñada por la doctrina1 para designar la institución consagrada en el
literal E del artículo 7 de la Directiva 374 de 25 de julio de 1985 del Consejo
Europeo (relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias
y administrativas de los Estados miembros en materia de responsabilidad por
los daños causados por productos defectuosos)2:
En aplicación de la presente Directiva, el productor no será responsable si
prueba: […] e) o que, en el momento en que el producto fue puesto en circula-
ción, el estado de los conocimientos científ‌icos y técnicos no permitía descubrir
la existencia del defecto […].
El legislador colombiano, recientemente, adoptó una fórmula muy similar
en el numeral 6 del artículo 22 de la Ley Nº 1480 de 12 de octubre de 2011
(por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor y se dictan otras
disposiciones)3:
Exoneración de responsabilidad por daños por producto defectuoso. Solo
son admisibles como causales de exoneración de la responsabilidad por daños
por producto defectuoso las siguientes: […] 6. Cuando en el momento en que
el producto fue puesto en circulación, el estado de los conocimientos científ‌i-
cos y técnicos no permitía descubrir la existencia del defecto. Lo anterior, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 19 de la presente ley.
Ahora bien, la Directiva Europea incluyó esta causal de exoneración de
responsabilidad propuesta por la delegación de Alemania4, país cuyo derecho
interno la conocía ya, pero dejó la posibilidad a los países de la Unión de decidir
si la adoptaban o no a través de las respectivas leyes introductorias.
“Fue la jurisprudencia alemana quien inventó la exoneración por el riesgo
de desarrollo. Primero, se impuso al fabricante la obligación de respetar el
‘estado actual de la técnica’ para la elaboración de los productos. Después, se
extendió la obligación a los conocimientos ‘técnicos y científ‌icos’. El importante
1 Véase a: viney (1998), p. 295.
2 Esta directiva fue modif‌icada parcialmente por la Directiva 1999/34/CE que, básicamente, extendió
la protección a los productos agropecuarios.
3 Una presentación concisa de los antecedentes de la ley en: valbuena (2011), pp. 33-49.
4 Véase a : viney y jourDain (2006), p. 897 ; viney (1998), p. 296 ; testu y moitry (1998), p. 12.
Revista Ius et Praxis, Año 20, Nº 1
2014, pp. 39 - 66

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR