La responsabilidad penal del fabricante por la infracción de sus deberes de vigilancia, advertencia y retirada - Núm. 19, Julio 2015 - Política Criminal - Libros y Revistas - VLEX 643889309

La responsabilidad penal del fabricante por la infracción de sus deberes de vigilancia, advertencia y retirada

AutorLautaro Contreras
CargoLegum magister y doctor por la Albert-Ludwigs-Universität (Alemania)
Páginas266-296
CONTRERAS, LautaroLa responsabilidad penal del fabricante por la infracción de
sus deberes de vigilancia, advertencia y retirada
Polít. crim. Vol. 10, Nº 19 (Julio 2015), Art. 9, pp. 266-296.
[http://www.politicacriminal.cl/Vol_10/n_19/Vol10N19A9.pdf]
266
La responsabilidad penal del fabricante por la infracción de sus deberes de
vigilancia, advertencia y retirada.
Penal liability of the manufacturer for infringing its duties of vigilance,
warning and recall.
Lautaro Contreras Chaimovich
Legum magister y doctor por la Albert-Ludwigs-Universität (Alemania).
Profesor asistente del Departamento de Ciencias Penales, Universidad de Chile.
lcontreras@derecho.uchile.cl
Resumen
El presente artículo tiene por objeto de estudio los deberes jurídicos de vigilancia,
advertencia y retirada que pesan sobre el productor, cuya infracción puede acarrear
responsabilidad penal. Se trata de un problema que se enmarca dentro de la denominada
sabilidad penal p         
escasamente tratada en la doctrina chilena. Luego de proponer un fundamento material para
los deberes que el Derecho impone al productor, se entregan orientaciones para concretar
las obligaciones de est el
problema relativo a la imputación de responsabilidad penal al interior de la empresa por la
infracción de los deberes de vigilancia, advertencia y retirada.
Palabras clave: Responsabilidad penal por el producto, deberes del fabricante, deberes de
vigilancia, advertencia y retirada, riesgos de desarrollo, Derecho Penal, Derecho Penal de la
Empresa.
Zusammenfassung
Der Gegenstand dieses Aufsatzes sind die Beobachtungs-, Warnungs- und
Rückrufspflichten des Herstellers, deren Verstoß strafrechtliche Verantwortlichkeit
begründen kann. Es handelt sich um ein Problem der strafrechtlicher Produkthaftung, das
ein Fall des Unternehmensstrafrechts darstellt und von der chilenischen Literatur bislang
nicht hinreichend geklärt worden ist. Der Verfasser beantwortet zunächst die Frage, auf
welche normative Grundlagen die Rechtstpflichten des Produzenten stützten können.
Sodann folgen Ausführungen zu der Rechtskonkretisierung gegenüber
Entwicklungsrisiken. Darauf folgend wird hinterfragt, welche Unternehmensangehörigen
für die Erfüllung der Produzentenpflichten verantwortlich sind.
Stichworte: strafrechtliche Produktveratwortung, Produzentenpflichten, Beobachtungs-,
Warnungs- und Rückrufspflichten, Entwicklungsrisiken, Strafrecht,
Unternehmensstrafrecht.
CONTRERAS, LautaroLa responsabilidad penal del fabricante por la infracción de
sus deberes de vigilancia, advertencia y retirada
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El presente artículo analiza los deberes jurídicos de vigilancia, advertencia y retirada que
pesan sobre el productor, cuya infracción puede acarrear responsabilidad penal. Se trata de
         sabilidad penal por el
  
consumidores causadas por la fabricación y puesta en el mercado de productos defectuosos.
La tesis fundamental que se quiere plantear en este artículo es que la vigilancia de
productos llevada a cabo con la finalidad de descubrir sus defectos no reconocibles al
       advertencia a los consumidores de tales
defectos, así como la eventual retirada de los bienes, no sólo constituyen prácticas
empresariales cada vez más extendidas en Chile1, sino que representan conductas exigidas
por el Derecho. La omisión de tales conductas pone en tela de juicio deberes que protegen
bienes jurídicos fundamentales, haciéndose necesaria la intervención penal.
Comenzaremos con una breve introducción a nuestro tema, distinguiendo entre orden
primario de conducta y orden secundario penal, así como enunciando la relación que existe
entre ambos. Sólo de esa manera es posible entender por qué para la responsabilidad penal
por el producto así como para cualquier otra manifestación del Derecho Penal resulta tan
relevante el quebrantamiento de ciertas normas de conducta o deberes jurídicos. Luego, se
        2 algunas de las normas de
conducta básicas que debe acatar cualquier fabricante de productos (infra 1). El artículo
seguirá con un intento por dar un fundamento material a tales normas (infra 2),
refiriéndonos a continuación a la prohibición de poner en el mercado productos peligrosos
(infra 3). Los deberes jurídicos de vigilancia, advertencia y retirada merecerán un estudio
detallado (infra 4), especialmente en lo relativo a la pregunta cuándo un fabricante está
obligado a advertir de un defecto y cuándo, en cambio, tiene el deber de retirarlo. Al
respecto, veremos cómo el principio de proporcionalidad puede constituir una valiosa
orientación en la materia (infra 4.2.). Finalmente, se intentarán esbozar algunas pautas para
resolver el problema de quiénes son los responsables de cumplir con los deberes de
vigilancia, advertencia y retirada al interior de la organización empresarial (infra 5).
Introducción
Los problemas jurídicos que se pueden abordar en el contexto de la responsabilidad penal
por el producto son complejos y de variada índole. Dentro de estos se encuentra, por
1 Sólo por vía ejemplar: en agosto del 2014 una empresa fabricante de hardware an unció el retiro de cables de
cargadores defectuosos para computadores (cfr. http://www.biobiochile.cl/2014/08/28/advierten-a-usuarios-
sobre-cables-de-cargadores-hp-y-compaq-6-millones-corren-riesgo-de-incendio.shtml [visitado el
03.09.2014]); en el mismo mes una empresa distribuidor a de estufas a gas alertó sobre un problema que
presentaban los reguladores de cilindro de un determinado modelo (cfr. http://www.sernac.cl/alerta-de-
seguridad-estufa-infraroja-thermax-modelo-minimax-con-reguladores-de-cilindro-no-certifica/ [visitado el
03.09.2014]) y otra empresa automotriz comunicó una alerta de seguridad debido a un eventual defecto en el
cinturón de seguridad de un modelo de vehículo
(cfr. http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/consumidores/sernac/sernac-alerto-por-eventual-falla-en-
cinturon-de-seguridad-de-chevrolet-traverse/2014-08-05/113254.html [visitado el 03.09.2014]).
2 Sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo de 24.08.2012, RUC 0800102576-8, RIT
38-2011.

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