La responsabilidad civil de las personas jurídicas sin fines de lucro - Núm. 1, Julio 2004 - Colección de Derecho Privado - Cuadernos de Análisis Jurídico - Libros y Revistas - VLEX 399604058

La responsabilidad civil de las personas jurídicas sin fines de lucro

AutorCarlos Pizarro Wilson
CargoDoctor en Derecho Profesor de Derecho Civil en las universidades de Chile y Diego Portales
Páginas105-125
Carlor
Peña
González
pena
de
reclusión
menor
en
su
grado
mínimo
y
multa
de
cincuenta
a
quinientas
Unidades
Tributarias Mensuales.
Con
la
misma
pena
será castigado el que utilizare iustrumentos o
artificios técnicos
para
escuchar o regisn
ar'
las conversaciones priva-
das que se llevaren a cabo en lugares distintos del artículo anteriOI.
4.
Incorpórese
el siguiente artículo 161-C nuevo:
"El
que
sin
el consentimiento del afectado registrare las palabr
as
que le fueran dirigidas confidencialmente
por
aquél, o
grabare
las
imágenes
de
acciones íntímas
que
aquél realizare
privadamente
en
su presencia, sel á sancionado
con
la
pena
de
reclusión
menor
en
su
grado
mínimo
y
multa
de
cincuenta a quinientas
unidades
tributarias
mensuales, .
La
misma
pena
se
impondrá
al que,
habiendo
grabado
con
el
consentimiento
de
onu
imágenes a
que
hace
referencia el inciso an-
terior,. divulgare el
contenido
de
la
grabación
sin su autorización.
IncOIpórese el siguiente artículo 161-D nuevo:
104
"El
que
habiendo
participado
enla
comisión
de
alguno
de
los he-
chos señalados
en
los artículos 161-A, 161'B Y 161-C inciso primero,
sin el consentimiento afectado, revelare los secretos o divulgare
las conversaciones o hechos
de
iutimidad que hubiere descubierto
ilegitimamente o divulgare o transmitiere las imágenes o sonidos ile-
gítimamente grabados O registrados,
será
castigado
con
la
pena
de
reclusión
menor
en
sus grados mínimo a
medio
y
multa
de diez a
cincuenta ingresos mínimos,
La
pena
establecida
en
el inciso anteriOI ser á
impuesta
como
. ,
pena
única, salvo que
de
ello, se siguiere
una
ventaja
para
el culpa-
ble, caso
en
el cual se
estará
a lo dispuesto
en
los artículos
74
o
75
del
El que, sin
haber
participado
en
la
comisión
de
los
hechos
antes
señalados, difundiere las
gr
abaciones
de
imágenes
o registr os
de
sonido
a que se refiere el inciso
primero,
sin el consentimiento del
afectado,
sabiendo
de
la ilegitimidad
de
su
procedencia
o
no
pudien-
do
menos
que
conocerla,
será
castigado
con
la
pena
de
reclusión
menOI
en
su
grado
mhlimo
y
multa
de
cincuenta a quinientas unida-
des tributarias mensuales",
LA
RESPONSABILIDAD CIVIL
DE
LAS
PERSONAS SIN FINES DE LUCRO
Carla,
Pizarra
Wilson'
REsUMEN
La
escasa
doctrina
relativa a
la
responsabilidad civil
de
las
personas jurídicas sin fines de lucro justifica
un
análisis
de
este
problema
No
cabe duda que dichos sujetos
de
Derecho pueden
contraer obligaciones según da cuenta
el
artículo
545
del
sin embargo, con
la
creciente importancia
de
las fundaciones
y COIpOIaciones como sujetos activos
de
la
economía nacional
la
normativa vigente aplicable muestra impOItantes vacíos El an-
quilosamiento de las reglas aplicables requiere
una
propuesta
docuinal
para
regular los ilícitos que
el
órgano social cause
ya
sea durante
la
vigencia o con posterioridad
al
acuerdo de disolu-
ción de
la
cOIporación o fundación
La
responsabilidad
civil
de
las
personas
jurídicas
sin fmes
de
lUCIO
no
ha
recibido
una
atención
particular
de
la
civilística nacional!;
no
obstante, estas
instituciones se
han
transfOImado
en
impOItantes actOIes
de
la
realidadjmí-
dica
y
económica
nacional
La
relevancia
que
han
ido
adquiriendo
las fim-
daciones y cOIpOIaciones justifica
un
estudio
de
las reglas
de
responsabili-
dad
que le
son
aplicables.
En
este trabajo
nos
centraremos
en
la
legitimación pasiva
de
las funda-
ciones y corporaciones"
POI'
otra
parte, se realiza
un
análisis
de
la responsa-
bilidad
civil
por
contr atos
en
ejecución luego
de
la disolución
de
la
funda-
Doctor
en
Derecho Profesor de Derecho Civil en las universidades de Chile y Diego
POItales
1 Cf
Hemán
CORRAL
1
ALelANl,
Lecciones
de
responsabilidad
civil
Santiago,
Jurídica, 2003, P
116;
Pablo
RODRÍGUEZ
GREZ,
Respomabilidad
extracontractua4
Santiago, Jurídi-
ca,
1999,
p
7.5;
Arturo
ALESSANDRl
RODRÍGUEZ,
De
la
responsabilidad
e.xtracontractual
en
el
derecho
civil
chileno,
Santiago, Imprenta Univer'sitaria,
1943,
103,
P
148
Y
ss;
Pedro ZELAYA
RAY,
"Sobre la responsabilidad extracontractual de las personas jUIídicas en
el
Derecho Civil
chileno", en
Revista
Chilena
de
Derecho,
vol.
13,
3,
1986,
pp, 525-539
105

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