Respecto de los derechos hereditarios de la familia - Primera parte - Rol de la familia en la sociedad - La Familia. Rol en la sociedad. Justicia de Familia. Conflicto y Mediación. Explicaciones Prácticas. 6° Edición - Libros y Revistas - VLEX 909815291

Respecto de los derechos hereditarios de la familia

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Cargo del AutorAbogado
Páginas29-36
Aníbal Cornejo Manríquez
29
CAPÍTULO V
RESPECTO DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS
DE LA FAMILIA
1.- CONCEPTOS BÁSICOS
37.- SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE. CONCEPTO.
Es un modo de adquirir el dominio, de carácter derivativo y
gratuito que opera al fallecimiento de una persona mediante el cual,
por el solo ministerio de la ley se transmite a sus herederos o sucesores
la universalidad de sus bienes, derechos y obligaciones transmisibles, o
de una cuota de ellos, como la mitad, tercio o quinta; o de una o más
especies o cuerpos; o de una o más especies indeterminadas de cierto
género.
38.- DISTINTAS ACEPCIONES DEL TÉRMINO SU-
CESIÓN.
1) EN SENTIDO GENÉRICO: Tradición y transmisión de
derechos.
2) EN SENTIDO RESTRINGIDO: Transmisión de los derechos por
causa de muerte.
3) EN LENGUAJE CO RRIENTE Y TÉCNICO DEL DERECHO: Bienes
integrantes del patrimonio del causante.
39.- CARACTERÍSTICAS DE LA SUCESIÓN POR
CAUSA DE MUERTE.
1) Modo de adquirir derivativo. (Art.688 Nº4 y 1269 del Código
Civil).
2) A título gratuito, por regla general.
3) A título universal (herederos) o a título singular (legatarios).
(Ver artículos 951 inc. y 1097 Código Civil).
4) Por causa de muerte.
40.- HEREDERO Y LEGATARIO. RESPONSABILIDADES.
1) El HEREDERO, responde por todos los bienes transmisibles
o en cuota de ellos, incluso respecto de las deudas del fallecido.

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