Resolución sobre prohibición de adquisición de Clínica Iquique S.A. por parte de Red Interclinica S.A., 15-03-2019
Fecha | 15 Marzo 2019 |
Fecha de publicación | 17 Diciembre 2019 |
Tipo de Asunto | Concentraciones o Integraciones |
1
Santiago,
VISTOS:
1) El documento de fecha 1° de febrero de 2019, ingreso correlativo N°00436 -19
(“Notificación”), que notifica a la Fiscalía Nacional Económica (“Fiscalía” o “FNE”)
la eventual adquisición por parte de Redinterclínica S.A. (“Red Interclínica” o
“Compradora”), de Clínica Iquique S.A. (“Clínica Iquique” o “Entidad Objeto”),
de propiedad de Empresas Red Salud S.A. (“Red Salud” o “Vendedora”, y en
conjunto con la Compradora, las “Partes”, y a todo, “Operación”), y la
presentación de fecha 1° de marzo de 2019, ingreso correlativo N°01069-19,
mediante la cual las Partes subsanaron los errores y omisiones de la Notificación .
2) La resolución de inicio dictada por esta Fiscalía con fecha 15 de marzo de 2019,
que instruye investigación de Rol FNE F178-2019 (“Investigación”), tramitada
según el procedimiento dispuesto en el Título IV del Decreto con Fuerza de Ley
N°1 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211 de 1973, y sus
modificaciones posteriores (“DL 211”).
3) Los antecedentes que constan en el expediente de la investigación
correspondiente al Rol FNE F178-2019 (“Expediente”).
4) La resolución dictada por esta Fiscalía con fecha 29 de abril de 2019, en virtud de
la cual se extendió la Investigación hasta por un plazo máximo de 90 días
adicionales, por considerar que la Operación podía reducir sustancialmente la
competencia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 54 letra c) del DL 211.
5) El informe de la División de Fusiones de esta Fiscalía de fecha 14 de agosto de
2019, y la reunión de misma fecha, mediante los cuales se comunicó a las Partes
los riesgos que podría producir la Operación, en los términos preceptuados por el
artículo 53 inciso primero del DL 211.
6) El informe acompañado por Red Interclínica con fecha 1° de agosto de 2019, que
contiene el análisis de las eficiencias que generaría la Operación.
7) Las observaciones realizadas por la División de Fusiones de esta Fiscalía a las
diversas versiones de las medidas de mitigación presentadas por Red Interclínica,
que constan en el expediente de investigación F178-2019 a fojas 1489, 1490-
1505, 1515, 1517-1519, 1623-1624, 1626-1632 y 1693-1695.
8) La presentación final de medidas de mitigación, y su rectificación, acompañadas
por la Compradora con fecha 28 de noviembre de 2019, ingreso correlativo
N°05291-19 y N°05308-19.
DI
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