Resolución número 13, de 2020.- Dicta normas para la ejecución presupuestaria del año 2021 - 15 de Enero de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 856570905

Resolución número 13, de 2020.- Dicta normas para la ejecución presupuestaria del año 2021

Fecha de publicación15 Enero 2021
Número de registroCVE-1879729
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Número de Gaceta42.855
CVE 1879729 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.855 | Viernes 15 de Enero de 2021 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1879729
MINISTERIO DE HACIENDA
Dirección de Presupuestos
DICTA NORMAS PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL AÑO 2021
(Resolución)
Núm. 13.- Santiago, 18 de diciembre de 2020.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 14 del decreto ley Nº 1.263, de 1975, y la ley Nº 21.289, que
aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año 2021.
Resuelvo:
Determínase que:
APORTE FISCAL LIBRE
El Servicio de Tesorerías pondrá a disposición de los organismos del Sector Público los
fondos que se consulten en el respectivo ítem del subtítulo 27 Aporte Fiscal Libre, del Programa
05, Capítulo 01, de la Partida 50 Tesoro Público, mediante depósitos directos en las cuentas
bancarias correspondientes o a través de otros mecanismos que se dispongan.
PROGRAMA DE CAJA
La Dirección de Presupuestos formulará y comunicará mensualmente al Servicio de
Tesorerías un Programa de Caja que constituirá autorización de pago o de entrega de aporte
fiscal, válido solo para el mes correspondiente. Asimismo, lo pondrá en conocimiento de los
organismos del sector público que se encuentren incluidos en dicho documento.
El Programa de Caja podrá ser modificado en el transcurso de cada mes, tanto por
reprogramación de aporte fiscal u otros fondos autorizados como por ajustes realizados en
función de los pagos efectuados por la Tesorería General de la República en el marco de la
aplicación del sistema de pago centralizado.
GIRO DE FONDOS
Los organismos del sector público operarán centralizadamente para obtener del Servicio de
Tesorerías los fondos autorizados por el Programa de Caja.
Los aportes que reciba el organismo a nivel central podrá asignarlos internamente a sus
Unidades Operativas por remesas mediante transferencia electrónica o cheques de su cuenta
bancaria, u otro sistema a través del Banco del Estado de Chile, u otros cuando corresponda.
Las transferencias para entidades públicas o privadas consultadas en los presupuestos de un
organismo del sector público, se entregarán a la entidad beneficiaria mediante transferencia
electrónica de la cuenta bancaria de dicho organismo u otro procedimiento de provisión de
fondos que se convenga.
En lo que respecta a las Municipalidades e Instituciones de Educación Superior, las cuotas
del aporte fiscal serán puestas a disposición de éstas por el Servicio de Tesorerías de acuerdo a la
distribución que señale en el Programa de Caja la Dirección de Presupuestos.

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