Resolución núm. 9666 EXENTA, publicada el 14 de Agosto de 2017. LLAMADO ESPECIAL PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DE CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO REGULADOS POR EL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011, PARA LOS DAMNIFICADOS AFECTADOS POR LA CATÁSTROFE DERIVADA DE LOS INCENDIOS DE ENERO DE 2017 OCURRIDOS EN LA REGIÓN DEL MAULE. FIJA EL MONTO DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN PARA EL SUBSIDIO DIRECTO - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 691285333

Resolución núm. 9666 EXENTA, publicada el 14 de Agosto de 2017. LLAMADO ESPECIAL PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DE CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO REGULADOS POR EL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011, PARA LOS DAMNIFICADOS AFECTADOS POR LA CATÁSTROFE DERIVADA DE LOS INCENDIOS DE ENERO DE 2017 OCURRIDOS EN LA REGIÓN DEL MAULE. FIJA EL MONTO DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN PARA EL SUBSIDIO DIRECTO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMADO ESPECIAL PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DE CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO REGULADOS POR EL DS N° 1 (V. Y U.), DE 2011, PARA LOS DAMNIFICADOS AFECTADOS POR LA CATÁSTROFE DERIVADA DE LOS INCENDIOS DE ENERO DE 2017 OCURRIDOS EN LA REGIÓN DEL MAULE. FIJA EL MONTO DE RECURSOS QUE SE DESTINARÁN PARA EL SUBSIDIO DIRECTO

Santiago, 9 de agosto de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 9.666 exenta.

Visto:

El DS Nº 104, del Interior, de 1977, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley 16.282; el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, que regula el Sistema Integrado de Subsidio Habitacional; el DS Nº 83, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 20 de enero de 2017, publicado en el Diario Oficial del 21 de enero de 2017, que declara a las provincias de Colchagua y Cardenal Caro, ambas de la Región de O'Higgins, así como a las comunas de Vichuquén y Cauquenes, ambas de la Región del Maule, como zonas afectadas por la catástrofe derivada de los múltiples incendios que se han producido en sus territorios; el DS Nº 87, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 22 de enero de 2017, publicado en el Diario Oficial del 23 de enero de 2017, que amplió a las comunas de Hualañé y Licantén en la Región del Maule y a la comuna de Bulnes en la Región del Biobío todos los efectos del DS Nº 83, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de 2017, que declaró como zonas afectadas por la catástrofe a las provincias y comunas que señala; el DS Nº 96, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 23 de enero de 2017, publicado en el Diario Oficial del 25 de enero de 2017, que amplió a todas las comunas de la Región del Maule la declaración de zona afectada por la catástrofe por incendios, en los mismos términos establecidos en el DS Nº 83, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de 2017; la resolución exenta Nº 8.315, de Vivienda y Urbanismo, de fecha 26 de diciembre de 2016, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos en el otorgamiento de subsidios habitacionales durante el año 2017, entre otros, a través del programa regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011; y

Considerando:

Que a causa de los incendios que afectaron, entre otras, a la Región del Maule en el mes de enero de 2017, una gran cantidad de personas resultaron afectadas o damnificadas debido a la pérdida o deterioro de las viviendas que ocupaban, por lo que es de suma urgencia para este Ministerio implementar medidas para la atención habitacional de dichas familias, dicto la siguiente:

Resolución:

  1. Llámase a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y hasta el 29 de septiembre de 2017, ambas fechas inclusive, a inscripción al subsidio habitacional en la modalidad de construcción en sitio propio o densificación predial, regulado por el DS Nº 1 (V. y U.), de 2011, destinado a la atención de los damnificados afectados por la catástrofe derivada de los incendios producidos en la Región del Maule en el mes de enero de 2017.

    Durante el período señalado, el Serviu recibirá las solicitudes de inscripción e ingreso al sistema computacional respectivo, con los documentos que deben acompañarlas, en los lugares de atención que éste disponga al efecto.

    La asignación de subsidio se efectuará en forma mensual, con los inscritos al último día hábil de cada mes, siempre que cumplan con los requisitos exigidos en el presente llamado, mediante resolución del Ministro de Vivienda y Urbanismo y publicadas en el Diario Oficial. En casos de urgente necesidad habitacional, los subsidios podrán ser asignados antes del plazo señalado, con los inscritos a la fecha de la asignación.

    Las nóminas de los seleccionados serán publicadas en el sitio web del Minvu, o del Serviu y/o de la Seremi de Vivienda y Urbanismo respectiva, y/o en los medios que el Minvu disponga al efecto, las que deberán contener a lo menos el número de cédula de identidad del beneficiario.

    La cantidad de recursos dispuestos para el financiamiento del subsidio directo para la atención de los damnificados será de 83.000 Unidades de Fomento.

    Podrán inscribirse en este llamado los damnificados cuyas viviendas hubieren resultado totalmente destruidas o irreparables por los daños causados por la catástrofe, de acuerdo a la información contenida en el Registro de Damnificados del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, hubiesen estado o no...

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