Resolución núm. 916 EXENTA, publicada el 06 de Diciembre de 2019. DELEGA EN EL SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA DE LA REGIÓN DE COQUIMBO LA FACULTAD DE FIRMAR 'POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO', EN MATERIA QUE INDICA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 828761041

Resolución núm. 916 EXENTA, publicada el 06 de Diciembre de 2019. DELEGA EN EL SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA DE LA REGIÓN DE COQUIMBO LA FACULTAD DE FIRMAR 'POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO', EN MATERIA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyResolución

DELEGA EN EL SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA DE LA REGIÓN DE COQUIMBO LA FACULTAD DE FIRMAR "POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO", EN MATERIA QUE INDICA

Santiago, 29 de noviembre de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 916 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL N° 1/19.653, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 20.530, que crea el Ministerio de Desarrollo Social; en la ley N° 19.880, que establece las Bases de Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento, aprobado por el decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda; en la resolución N° 7, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón; y en la resolución N° 8, que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, ambas de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás antecedentes tenidos a la vista.

Considerando:

  1. Que, como consecuencia de los acontecimientos ocurridos en las últimas semanas en las dependencias de la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social y Familia de la Región de Coquimbo, la cual ha sido objeto de daños severos en su infraestructura producto de incendios y saqueos, se hace necesario que el Secretario Regional Ministerial cuente con las facultades y atribuciones necesarias a efectos de resguardar y reparar, de manera urgente, el citado inmueble.

  2. Que, la delegación de facultad de firmar es una institución establecida para permitir un funcionamiento eficiente y eficaz de la Administración del Estado.

  3. Que conforme lo establece el artículo 41 del DFL N° 1/19.653, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, el ejercicio de las atribuciones y facultades propias puede ser delegado si se cumplen los requisitos que la referida norma establece.

  4. Que, la delegación de facultad de firmar vigente en materia de contratación pública contenida en la resolución exenta N° 221, de 2016, de la Subsecretaría de Servicios Sociales, contempla la facultad de contratar mediante trato o...

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