Resolución núm. 8282 EXENTA, publicada el 18 de Diciembre de 2019. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.762 EXENTA, DE 2011, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO, ESTABLECIENDO CONDICIONES EXCEPCIONALES DE MOVIMIENTO ANIMAL EN EMERGENCIAS AGRÍCOLAS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.762 EXENTA, DE 2011, DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO, ESTABLECIENDO CONDICIONES EXCEPCIONALES DE MOVIMIENTO ANIMAL EN EMERGENCIAS AGRÍCOLAS
Núm. 8.282 exenta.- Santiago, 25 de octubre de 2019.
Vistos:
Ley 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; ley 19.162, que establece Sistema Obligatorio de clasificación de ganado, tipificación y nomenclatura sus carnes y regula funcionamiento de mataderos, frigoríficos y establecimientos de la industria de la carne; DFL RRA Nº 16, de 1963, de Sanidad y Protección Animal; decreto del Ministerio de Tierras y Colonización Nº 318, de 1925, reglamento para la aplicación de la Ley de Policía Sanitaria Animal; decretos del Ministerio de Agricultura Nº 193, de 1972, reglamento para el control y profilaxis de las enfermedades de la reproducción del ganado, Nº 56 de 1983, reglamento de Ferias de Animales y Nº 63 de 2003, que establece requisitos para los antígenos destinados al diagnóstico de la Tuberculosis en los animales; el decreto 112/2018, del Ministerio de Agricultura, que nombra Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; resolución del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 3.423, de 2008, que establece Programa Oficial de Trazabilidad Sanitaria Animal y deroga resolución exenta Nº 2.862, de 2006; Código de los Animales Terrestres de la Oficina Internacional de Sanidad Animal (OIE), y la resolución 7/2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
-
Que es objetivo central de la política de desarrollo agropecuario del país el lograr que Chile sea reconocido como una potencia agroalimentaria y forestal.
-
Que la Tuberculosis bovina es una enfermedad presente en el país, que ocasiona pérdidas productivas y económicas, afectando el comercio internacional de mercancías de origen bovino, siendo además un riesgo para la salud pública.
-
Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante el Servicio, es la autoridad oficial encargada de proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país y certificar la aptitud de consumo humano de los productos de origen animal para la exportación.
-
Que la Tuberculosis bovina es una enfermedad notificable a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).
-
Que la Tuberculosis bovina al...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba