Resolución núm. 807 EXENTA, publicada el 13 de Marzo de 2018. ESTABLECE FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN LA CALIDAD DE SUJETOS PASIVOS PARA LOS EFECTOS DE LA LEY N° 20.730 - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 705602905

Resolución núm. 807 EXENTA, publicada el 13 de Marzo de 2018. ESTABLECE FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN LA CALIDAD DE SUJETOS PASIVOS PARA LOS EFECTOS DE LA LEY N° 20.730

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE FUNCIONARIOS QUE TENDRÁN LA CALIDAD DE SUJETOS PASIVOS PARA LOS EFECTOS DE LA LEY N° 20.730

Santiago, 28 de febrero de 2018.- Con esta fecha se ha resuelto lo siguiente:

Núm. 807 exenta.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos y 98 de la Constitución Política de la República; en el artículo 5° de la ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República; en el inciso segundo del artículo de la ley N° 20.730, y la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón,

Considerando:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el N° 2 del artículo 4° de la ley N° 20.730, son sujetos pasivos de dicha ley el Contralor General y el Subcontralor General.

Que el artículo 4° citado, en su inciso 2°, establece que por resolución se podrá establecer que otros funcionarios sean considerados sujetos pasivos para efectos de esta ley, cuando en razón de su función o cargo y por tener atribuciones decisorias relevantes o por influir decisivamente en las personas que tienen dichas atribuciones, sea necesario, para efectos de transparencia, someterlos a esta normativa.

Que la Contraloría General ha estimado necesario actualizar la nómina de los funcionarios de esta Entidad que serán considerados sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares en razón de su función o cargo que desempeñan.

Resuelvo:

Artículo 1°

Establézcase que los siguientes funcionarios de la Contraloría General serán considerados sujetos pasivos para los efectos de la ley N° 20.730:

  1. Los Jefes de División o quienes los subroguen;

  2. El Fiscal o quien lo subrogue;

  3. El Secretario General o quien lo subrogue;

  4. Los Jefes de los Departamentos de Fuerzas Armadas, Seguridad, Presidencia, Hacienda y Relaciones Exteriores; de Medio Ambiente, Obras Públicas y Empresas; de Auditorías Especiales, y de Previsión Social y Personal o quienes los subroguen;

  5. Los Contralores Regionales o quienes los subroguen;

  6. Los Subjefes de División o quienes los subroguen;

  7. El Jefe de Gabinete o quien lo subrogue;

  8. De la División Jurídica las siguientes jefaturas: del Comité de Finanzas Públicas, del Comité de Estatutos y Educación, del Comité de Contratación Pública, del Comité de Bienes Públicos, del Comité de Organización y Atribuciones, del Comité de Seguridad Social y Remuneraciones y del Comité Municipal; o quienes los subroguen;

  9. De la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR