Resolución núm. 79 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2019. NUEVA ETAPA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PROCESO DE EVALUACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO CENTRO DE MANEJO AMBIENTAL ÑUBLE SUSTENTABLE, DEL TITULAR INVERSIONES Y SERVICIOS INSER S.A. - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 783753153

Resolución núm. 79 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2019. NUEVA ETAPA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PROCESO DE EVALUACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO CENTRO DE MANEJO AMBIENTAL ÑUBLE SUSTENTABLE, DEL TITULAR INVERSIONES Y SERVICIOS INSER S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

NUEVA ETAPA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PROCESO DE EVALUACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO CENTRO DE MANEJO AMBIENTAL ÑUBLE SUSTENTABLE, DEL TITULAR INVERSIONES Y SERVICIOS INSER S.A.

Se informa a la comunidad que mediante la resolución exenta Nº 79/2019, de 7 de mayo de 2019, de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, se resolvió dar inicio a una nueva etapa de participación ciudadana por un plazo de 30 días hábiles en el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Centro de Manejo Ambiental Ñuble Sustentable", del Titular Inversiones y Servicios Inser S.A., cuyo representante legal es el señor Giorgio Benucci Torrealba.

El proyecto consiste en la construcción, operación y posterior cierre de un centro de manejo habilitado para la disposición final de residuos sólidos domiciliarios y asimilables que se generen en las comunas de Chillán, Chillán Viejo y Cauquenes.

El proyecto propone su emplazamiento en la Región de Ñuble, provincia de Diguillín, comuna de Chillán Viejo, sector Quilmo, y cuyo monto de inversión asciende a 5 MUSD, en virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso segundo de la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Durante la presentación de la Adenda del proyecto, el titular introdujo modificaciones sustantivas respecto a las partes, obras y acciones del proyecto original, a saber:

  1. Modificación del sistema de tratamiento de lixiviados: desistiendo de algunas unidades propuestas en el EIA, y proponiendo otras nuevas, tales como: Un sistema Humedal FSSH (un wetland), un sistema de desinfección UV y una laguna de almacenamiento de 3.500 m³. De esta forma se propone que el efluente (ril tratado) de cumplimiento de la norma de emisión DS Nº 90, antes de su utilización en la humectación de caminos del predio del proyecto.

  2. Se rectifica el enfoque de la propuesta original en el EIA de construir y operar una planta de reciclaje de residuos, por una planta de valorización de residuos reciclables, que implica mejores condiciones sanitarias y un sistema mucho más eficiente de operación que realizar la separación de la basura de un camión recolector, ya que los residuos reciclables vendrán ya separados desde su origen para ser recibidos en la planta de valorización.

  3. No realizar riego de una plantación de eucaliptus con el efluente tratado de la Planta de Tratamiento de lixiviados según la propuesta original del EIA sino que realizar la humectación de caminos...

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