Resolución núm. 711 EXENTA, publicada el 27 de Mayo de 2024. LLAMA A POSTULACIÓN INDIVIDUAL O GRUPAL, EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DE AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA Y DE ADECUACIÓN DE VIVIENDAS DEL CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, EN LAS REGIONES QUE INDICA, FIJA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS PARA EL AÑO 2024 Y APRUEBA ?ANEXO 1? DEL LLAMADO - vLex Chile

Resolución núm. 711 EXENTA, publicada el 27 de Mayo de 2024. LLAMA A POSTULACIÓN INDIVIDUAL O GRUPAL, EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DE AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA Y DE ADECUACIÓN DE VIVIENDAS DEL CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, EN LAS REGIONES QUE INDICA, FIJA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS PARA EL AÑO 2024 Y APRUEBA ?ANEXO 1? DEL LLAMADO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN INDIVIDUAL O GRUPAL, EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DE AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA Y DE ADECUACIÓN DE VIVIENDAS DEL CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, EN LAS REGIONES QUE INDICA, FIJA LA DISTRIBUCIÓN DE RECURSOS PARA EL AÑO 2024 Y APRUEBA "ANEXO 1" DEL LLAMADO

Santiago, 20 de mayo de 2024.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 711 exenta.

Vistos:

a) La ley 20.016 de 2005, que modifica normas del decreto con fuerza de ley Nº 458, de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, relativas a la calidad de la construcción;

b) El DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;

c) La resolución exenta Nº 1.237 (V. y U.), de 2019 y sus modificaciones, que fija procedimiento para la prestación de Servicios de Asistencia Técnica y Fiscalización Técnica de Obras al Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016;

d) La resolución exenta Nº 2.012 (V. y U.), de fecha 5 de septiembre de 2019, que establece factor multiplicador de ajuste de los montos de subsidios para los proyectos de ampliación de la vivienda del Capítulo Segundo, del Título II, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, en las zonas que indica;

e) La resolución exenta Nº 490 (V. y U.), de fecha 31 de mayo de 2023, publicada en el Diario Oficial con fecha 6 de junio de 2023, que fija regulación para la prestación del servicio de fiscalización técnica de obras para Proyectos Habitacionales financiados a través del DS N° 27 (V. y U.), de 2016, entre otros;

f) La resolución exenta Nº 2.142 (V. y U.), de fecha 20 de diciembre de 2023, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2024, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.

g) Oficios ordinarios N° 455 y 1112, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, de fecha 1 de marzo y 9 de mayo, ambos de 2024, por medio de los cuales se solicita al Ministro de Vivienda y Urbanismo efectuar un Llamado Regional para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el Capítulo II, Proyectos de Mejoramiento de Viviendas Patrimoniales y Antiguas, viviendas en Cités y Adecuación de Viviendas Patrimoniales y Antiguas, en la comuna de Valparaíso;

h) La resolución exenta N° 579 (V. y U.), de fecha 22 de abril de 2024, que establece condiciones especiales para los nuevos llamados a postulación, nacionales y regionales, de los Capítulos Primero, Segundo y Tercero del DS N° 27 (V. y U.), y;

Considerando:

a) La necesidad de realizar el llamado a postulación del Capítulo Segundo del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, que reglamenta el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para el año 2024.

b) Que se encuentra vigente el Convenio Minvu-Senadis citado en el Visto c) de la presente resolución.

c) Que, con motivo del convenio Minvu-Senadis, indicado en el considerando precedente, este Ministerio reconoce la necesidad de apoyar a las familias, cuando alguno de sus integrantes presenta discapacidad, con el objeto de mejorar la calidad de vida de la familia en su conjunto, con especial énfasis en la o las personas con discapacidad, y de la persona cuidadora cuando corresponda, destinando recursos para optimizar sus viviendas, convirtiéndolas en espacios accesibles que permitan una mayor autonomía de la persona con discapacidad.

d) La necesidad de reforzar la atención de personas con discapacidad, no solo referida a la discapacidad física, sino que también a personas con discapacidad intelectual, psíquica, visual, auditiva y en situación de dependencia, mediante la incorporación de obras o acciones vinculadas con la vivienda desde lo estructural, arquitectura e instalaciones, respondiendo a requerimientos específicos para los distintos tipos de discapacidad o dificultad.

e) La necesidad de establecer estrategias de coordinación territorial entre los programas urbanos y habitacionales, en especial en barrios específicos priorizados por el Programa Quiero Mi Barrio para el año 2024.

f) La necesidad de atender viviendas emplazadas en zonas urbanas de condiciones urbanísticas y patrimoniales de interés que, dado sus condiciones constructivas, mayores superficies y el deterioro u obsolescencia de sus elementos constructivos, son de difícil atención por parte de sus propietarios, atendidas sus condiciones socioeconómicas, por lo que genera una merma de la oferta habitacional de sectores centrales de las ciudades, en especial en sus cascos históricos.

g) Que existen viviendas que requieren del desarrollo de obras de mayor extensión, tales como las enunciadas en el considerando anterior, las que pueden ser financiadas a partir de un proyecto de adecuación de la vivienda, señalado en el Artículo 73 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, que permite modificar el programa arquitectónico original, generando nuevas unidades, de los cuales una se destina al uso de la persona beneficiaria (propietario o propietaria) y una o más unidades se destinan a arrendamiento, para lo cual es posible contar con subsidios por cada una de las unidades resultantes de la adecuación del proyecto en su conjunto.

h) La existencia de viviendas afectadas por plagas de agentes xilófagos, que requieren de urgente atención para detener sus daños en elementos estructurales o soportantes, realizando acciones tendientes a eliminar o controlar sus efectos y su proliferación en los territorios y entornos de dichas viviendas.

i) La necesidad de valorar el patrimonio familiar invertido en obras de ampliaciones irregulares realizadas a las viviendas, a partir de la evaluación exhaustiva de las condiciones estructurales de estas construcciones, y la ejecución de obras que permitan su regularización y mejorar las condiciones de habitabilidad de las personas que las habitan.

j) Que, es posible que postulen proyectos que deban ser revisados y aprobados por Serviu, ubicados en las localidades indicadas en la resolución señalada en el Visto e) del presente documento, en las que corresponde asignar montos base de subsidio incrementados según el factor correspondiente.

k) Que existen viviendas objeto del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios con elementos de su envolvente que contienen asbesto cemento, cuya manipulación pone en riesgo la salud de sus habitantes, por lo que su atención es de importancia para el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, dicto la siguiente;

Resolución:

  1. Llámese a postulación en condiciones especiales, para el otorgamiento de Subsidios del Capítulo Segundo: Proyectos para la Vivienda, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulados por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, para su desarrollo en todas las regiones del país de los siguientes tipos de proyectos:

    1. Proyectos de Mejoramiento de la Vivienda para Obras de Reparación de Envolvente, Ampliación de la Vivienda y de Adecuación de Viviendas.

    2. Proyectos de Mejoramiento de Viviendas de Carácter Patrimonial o Antiguas.

    3. Proyectos de Mejoramiento de Viviendas en Cité.

    4. Proyectos de Mejoramiento y Ampliación de la Vivienda que buscan atender a las familias cuyas viviendas tienen problemas de plagas de xilófagos.

    5. Proyectos de Mejoramiento y/o Ampliación de la Vivienda que tienen como objetivo de apoyar a las familias cuando alguno de sus integrantes presenta discapacidad.

  2. Establézcase el siguiente Proceso de Selección del Llamado y sus respectivos plazos:

    2.1. El Proceso de Selección del presente llamado a postulación contará con un Cierre de Selección Nacional el día 27 de diciembre de 2024 y un Cierre de Selección Regional de proyectos patrimoniales de Valparaíso el día 15 de diciembre de 2014, delimitado a los Proyectos de Mejoramiento de Viviendas Patrimoniales y Antiguas, Viviendas en Cités y Adecuación de Viviendas Patrimoniales o Antiguas, emplazados en zonas de carácter patrimonial de la comuna de Valparaíso reconocidas como Sitio Patrimonial Mundial.

    2.2. El inicio de la digitación de los respectivos Diagnósticos Técnico-Constructivo (en adelante DTC), se realizará a partir de la fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial. Estos diagnósticos deben estar cargados y enviados en la plataforma SURVEY 123, y el plazo indicado por Oficio Circular del Jefe DPH, según lo dispuesto en el Resuelvo 3. Para este proceso de digitación también serán considerados los DTC realizados previamente para efectos de este llamado, identificados como "Llamado Especial Capítulo II 2024" en SURVEY 123.

  3. Se delega en el Jefe de la División de Política Habitacional de este Ministerio definir, mediante Oficio Circular, los plazos correspondientes a las fases del proceso de postulación, esto es: "Cierre Digitación DTC", "Digitación Rukan", "Habilitación de postulaciones y comunicación de los resultados", "Presentación, revisión y calificación de los proyectos" y "Recepción de proyectos calificados por Serviu y Selección".

  4. La distribución de los recursos disponibles para la selección de proyectos de este llamado se realizará regionalmente, de acuerdo a la demanda y su selección según tipos de proyectos, de conformidad a siguiente cuadro:

    La asignación de los recursos destinados a los distintos tipos de proyectos enunciados en el Resuelvo 1 de la presente resolución serán establecidos en virtud de la demanda en cada región.

    4.1. La selección del número de proyectos...

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