Resolución núm. 7079 EXENTA, publicada el 26 de Septiembre de 2018. LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II EN LA MODALIDAD MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EXISTENTES, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS Nº 10 (V. Y U.), DE 2015, A LAS REGIONES QUE INDICA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA, A LAS FAMILIAS QUE SE ENCUENTREN EN CONDICIÓN DE DEMANDA HÁBIL EN EL BANCO DE POSTULACIONES - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 740092165

Resolución núm. 7079 EXENTA, publicada el 26 de Septiembre de 2018. LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II EN LA MODALIDAD MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EXISTENTES, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS Nº 10 (V. Y U.), DE 2015, A LAS REGIONES QUE INDICA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA, A LAS FAMILIAS QUE SE ENCUENTREN EN CONDICIÓN DE DEMANDA HÁBIL EN EL BANCO DE POSTULACIONES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II EN LA MODALIDAD MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDAS EXISTENTES, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS Nº 10 (V. Y U.), DE 2015, A LAS REGIONES QUE INDICA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA, A LAS FAMILIAS QUE SE ENCUENTREN EN CONDICIÓN DE DEMANDA HÁBIL EN EL BANCO DE POSTULACIONES

Santiago, 14 de septiembre de 2018.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 7.079 exenta.

Visto:

  1. El DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, que reglamenta el Programa Habitabilidad Rural, en especial sus artículos 36 y 38.

  2. La ley Nº 20.898 que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción.

  3. La resolución exenta Nº 3.129 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que aprueba Cuadro Normativo de Estándar Técnico de Habitabilidad Rural, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 47 del Párrafo I del Capítulo V del DS Nº 10 (V. y U.) de 2015.

  4. La resolución exenta Nº 3.130 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base y grados de aislamiento, para las comunas del país, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 del DS Nº 10 (V. y U.) de 2015.

  5. La resolución exenta Nº 3.131 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social a Programa de Habitabilidad Rural que regula el DS Nº 10 (V. y U.) de 2015.

  6. La resolución exenta Nº 3.771 (V. y U.) de fecha 20 de junio de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, para proyectos emplazados en comunas y/o localidades con distintos grados de aislamiento.

  7. La resolución exenta Nº 11.771 (V. y U.) de fecha 29 de septiembre de 2017, que dispone cierre del Banco de Postulaciones asociado al Título II del Programa de Habitabilidad Rural.

  8. La resolución exenta Nº 30 (V. y U.), de fecha 4 de enero de 2018, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2018 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa habitacional regulado por el DS Nº 10 (V. y U.) de 2015.

  9. La circular Nº 6 de fecha 30 de enero de 2018, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional 2018 e indica el presupuesto disponible para asignar subsidios, entre otros, del Programa Habitabilidad Rural.

  10. El oficio ordinario Nº 184 del 6 de marzo de 2018, que reitera directrices de los procesos de revisión y aprobación de proyectos de familias seleccionadas en el marco del Programa de Habitabilidad Rural.

  11. La circular Nº 27 de fecha 16 de agosto de 2018, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece medidas a implementar respecto al Banco de Postulaciones y a los Llamados a postulación del Título II, del Programa de Habitabilidad Rural.

    Considerando:

    La necesidad de establecer condiciones de postulación, selección y operación específicas para la Modalidad de Proyectos de Mejoramiento y/o Ampliación de Viviendas Existentes, con el objeto de garantizar una adecuada atención a la demanda hábil existente en el Banco de Postulaciones, dicto la siguiente:

    Resolución:

    1. Llámase a postulación y proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa de Habitabilidad Rural, del Título II Proyectos Postulación Directa, en las alternativas de postulación individual o colectiva, para el desarrollo de proyectos en las Tipologías de Proyectos de Mejoramiento de la Vivienda y Proyectos de Ampliación de Vivienda, destinado a familias cuyos expedientes de postulación en el sistema informático del Programa de Habitabilidad Rural se encuentren en alguno de los siguientes estados, de conformidad con lo establecido en la circular Nº 27, citada en el visto k) de la presente resolución:

  12. "Enviado" o "Digitado": expedientes que hayan sido físicamente ingresados al Serviu, los que serán evaluados y podrán ser aprobados durante el período...

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