Resolución núm. 631 EXENTA, publicada el 01 de Octubre de 2019. SUSPÉNDASE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN N° 241 EXENTA, DE 2019, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, POR MOTIVOS QUE INDICA - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 815016093

Resolución núm. 631 EXENTA, publicada el 01 de Octubre de 2019. SUSPÉNDASE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN N° 241 EXENTA, DE 2019, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, POR MOTIVOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Rango de LeyResolución

SUSPÉNDASE CONSULTA INDÍGENA INICIADA POR RESOLUCIÓN N° 241 EXENTA, DE 2019, DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, POR MOTIVOS QUE INDICA

Santiago, 27 de agosto de 2019.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 631 exenta.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N° 19.880, que Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y Modifica cuerpos legales que indica; en la Ley N° 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en el artículo 6° N° 1 letra a) y N° 2 del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, promulgado a través del decreto supremo N° 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el decreto supremo N° 66, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena en virtud del artículo 6 N° 1 letra a) y N° 2 del Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo y deroga normativa que indica; en la resolución exenta N° 241, de fecha 3 de abril de 2019, del Ministerio de Desarrollo Social, que inicia procedimiento administrativo y convoca a proceso de consulta que indica; resolución exenta N° 553, de 2019, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, Subsecretaría de Servicios Sociales, que suspende la consulta indígena por motivos que indica; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y en las demás normas aplicables.

Considerando:

Que, el decreto supremo N° 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores, Promulga el Convenio N° 169 sobre Pueblos indígenas y Tribales en países independientes, de la Organización Internacional del Trabajo.

Que, con fecha 4 de marzo de 2014, entró en vigencia el decreto supremo N° 66, del Ministerio de Desarrollo Social, de 2013, que Aprueba el Reglamento que regula el procedimiento de consulta indígena en virtud del artículo 6 N°1 letra a) y N° 2 del citado Convenio N° 169, y deroga normativa que indica.

Que, con fecha 24 de...

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