Resolución núm. 5697 EXENTA, publicada el 09 de Mayo de 2017. LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II, EN LAS MODALIDADES CONSTRUCCIÓN EN SITIO DEL RESIDENTE Y CONJUNTO HABITACIONAL, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.), DE 2015, A LAS REGIONES QUE INDICA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 678701581

Resolución núm. 5697 EXENTA, publicada el 09 de Mayo de 2017. LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II, EN LAS MODALIDADES CONSTRUCCIÓN EN SITIO DEL RESIDENTE Y CONJUNTO HABITACIONAL, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.), DE 2015, A LAS REGIONES QUE INDICA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL TÍTULO II, EN LAS MODALIDADES CONSTRUCCIÓN EN SITIO DEL RESIDENTE Y CONJUNTO HABITACIONAL, DEL PROGRAMA DE HABITABILIDAD RURAL, REGULADO POR EL DS N° 10 (V. Y U.), DE 2015, A LAS REGIONES QUE INDICA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL O COLECTIVA

Santiago, 3 de mayo de 2017.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 5.697 exenta.

Visto:

  1. El DS N° 10 (V. y U.), de 2015, que Reglamenta el Programa Habitabilidad Rural;

  2. La resolución exenta N° 3.129 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que aprueba Cuadro Normativo de Estándar Técnico de Habitabilidad Rural, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 47 del Párrafo I del Capítulo V del DS N° 10 (V. y U.) de 2015;

  3. La ley N° 20.898 que establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción;

  4. La resolución exenta N° 3.130 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base y grados de aislamiento, para las comunas del país, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 del DS N° 10 (V. y U.) de 2015;

  5. La resolución exenta N° 3.131 (V. y U.), de fecha 16 de mayo de 2016, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica, jurídica y social a Programa de Habitabilidad Rural que regula el DS N° 10 (V. y U.) de 2015;

  6. La resolución exenta N° 3.771 (V. y U.), de fecha 20 de junio de 2016, que establece factores multiplicadores del monto de subsidio base de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras, para proyectos emplazados en comunas y/o localidades con distintos grados de aislamiento;

  7. La resolución exenta N° 8.315 (V. y U.), de fecha 23 de diciembre de 2016, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2017 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa habitacional regulado por el DS N° 10 (V. y U.), de 2015;

    Considerando:

  8. La necesidad de establecer condiciones de postulación, selección, y operación específicos para las Modalidades de proyectos de Construcción de Viviendas Nuevas, Mejoramiento y Ampliación de Viviendas Existentes, y Construcción y/o Mejoramiento del Entorno y Equipamiento Comunitario, con el objeto de garantizar una adecuada atención del tipo de demanda existente;

  9. La obligación de aplicar al marco regulatorio del presente llamado, el nuevo instrumento de caracterización socioeconómica denominado Registro Social de Hogares implementado por el Ministerio de Desarrollo Social, dicto la siguiente:

    Resolución:

Párrafo 1 °: Disposiciones Generales
  1. Llámase a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa de Habitabilidad Rural, del Título II Proyectos de Postulación Directa, en la alternativa de postulación individual o colectiva, para el desarrollo de proyectos en las tipologías Construcción en Sitio del Residente y Construcción de Conjuntos Habitacionales, destinados a familias que cuenten con Expediente de Postulación aprobado, hasta el 30 de junio y 31 de julio del año en curso. En tal sentido, el proceso de selección se efectuará con los expedientes aprobados hasta los días indicados, o hasta agotar la totalidad de los recursos citados en el resuelvo número 21 de la presente resolución.

  2. Podrán participar en este llamado, familias que residan en áreas rurales o urbanas, excluidas las localidades urbanas de 5.000 o más habitantes, de acuerdo a los datos demográficos que consigna el Censo de Población y Vivienda del año 2002 y siempre que...

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