Resolución núm. 4612 EXENTA, publicada el 07 de Agosto de 2025. APRUEBA MEDIDAS PROVISIONALES EN CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 43 BIS DE LA LEY Nº 19.300, PARA LA ZONA SATURADA DE LA CIUDAD DE COPIAPÓ Y TIERRA AMARILLA - vLex Chile

Resolución núm. 4612 EXENTA, publicada el 07 de Agosto de 2025. APRUEBA MEDIDAS PROVISIONALES EN CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 43 BIS DE LA LEY Nº 19.300, PARA LA ZONA SATURADA DE LA CIUDAD DE COPIAPÓ Y TIERRA AMARILLA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

APRUEBA MEDIDAS PROVISIONALES EN CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 43 BIS DE LA LEY Nº 19.300, PARA LA ZONA SATURADA DE LA CIUDAD DE COPIAPÓ Y TIERRA AMARILLA

Núm. 4.612 exenta.- Santiago, jueves 10 de julio de 2025.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en la Ley Nº 20.600, que crea los Tribunales Ambientales; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación; en el decreto supremo Nº 15, del 7 de abril de 2021, del Ministerio del Medio Ambiente, que declaró Zona Saturada por Material Particulado Respirable MP, como concentración de 24 horas y anual, a la ciudad de Copiapó y Tierra Amarilla; en el decreto supremo Nº 71, de 2022, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministros y Ministras de Estado en las carteras que indica; en la resolución exenta Nº 33, de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, que dio inicio a la elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica para las ciudades de Copiapó y Tierra Amarilla; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y10

Considerando:

  1. - Que, conforme al artículo 69 de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (en adelante, "Ley Nº 19.300"), el Ministerio del Medio Ambiente es la Secretaría de Estado encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su regulación normativa.

  2. - Que, el artículo 44 de la ley Nº 19.300, dispone que, mediante decreto supremo del Ministerio del Medio Ambiente, que llevará además la firma del ministro sectorial que corresponda, se elaborarán Planes de Prevención o de Descontaminación, cuyo cumplimiento será obligatorio en las zonas calificadas como latentes o saturadas, respectivamente.

  3. - Que, el artículo 7, del decreto supremo Nº 39, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y Descontaminación (en adelante, "Reglamento"), prescribe que la elaboración de un Plan de Prevención y/o de Descontaminación se iniciará una vez publicado el decreto supremo que declara zona latente o saturada en el Diario Oficial.

  4. - Que, el artículo único de la ley Nº 21.562, que modifica la ley Nº 19.300, con el objeto de establecer restricciones a la evaluación de proyectos en zonas declaradas latentes o saturadas, incorpora el artículo 43 bis, el que establece que, una vez declarada una zona como latente o saturada, mediante resolución suscrita por el Ministerio del Medio Ambiente, se podrán adoptar, fundadamente, medidas provisionales de acuerdo a lo señalado al artículo 32 de la ley Nº 19.880, en conformidad con los antecedentes considerados en el proceso de elaboración de la norma que declara la zona como latente o saturada, así como con la norma de calidad respectiva y con la naturaleza y gravedad de afectación de los componentes ambientales y la salud de la población, durante el plazo considerado para la elaboración de anteproyecto del plan respectivo. Dichas medidas podrán mantenerse hasta la dictación del respectivo plan de prevención o descontaminación. Las medidas provisionales establecidas se extinguirán una vez publicado en el Diario Oficial el decreto que establezca el plan de prevención o descontaminación, por el solo ministerio de la ley.

  5. - Que, por decreto supremo Nº 15, de 7 de abril de 2021, del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial el 18 de octubre de dicho año, se declaró zona saturada por material particulado respirable MP, como concentración 24 horas y anual, a la zona geográfica que comprende a las ciudades de Copiapó y Tierra Amarilla, Región de Atacama.10

  6. - Que, mediante la resolución exenta Nº 33, de 14 de enero de 2022, del Ministerio del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 21 de enero de 2022, se dio inicio a la elaboración del Plan de Descontaminación Atmosférica para las ciudades de Copiapó y Tierra Amarilla.

  7. - Que, mediante la resolución exenta Nº 1.601, de fecha 28 de diciembre de 2022, se amplió por un año el plazo para la elaboración del anteproyecto del citado Plan de Descontaminación.

  8. - Que, posteriormente, mediante la resolución exenta Nº 30, de fecha 12 de enero de 2024, y la resolución exenta Nº 5.287, con fecha 15 de octubre de 2024, se amplió el plazo para la elaboración de anteproyecto del Plan de Descontaminación de Copiapó y Tierra Amarilla, por nueve meses en ambas resoluciones, siendo el plazo final para la elaboración del citado anteproyecto el 21 de julio de 2025.

  9. - Que, como antecedentes para la elaboración de las presentes medidas provisionales, se consideró:

    9.1.- Los resultados del Inventario de Emisiones elaborado por la Seremi del Medio Ambiente Región de Atacama en función del "Estudio Antecedentes para la elaboración del Plan de Descontaminación de Copiapó y Tierra Amarilla, 2022", desarrollado por DICTUC, que establecieron un total de 7.058 ton/año de MP, de las cuales el 84% corresponde a emisiones provenientes del sector minero, y que del 100% de dichas emisiones del sector el 44% proviene de la resuspensión de material particulado, especialmente de sus caminos no pavimentados y de la erosión eólica en pilas de almacenamiento y depósitos de relaves con y sin operación (ver cuadro Nº1 antecedentes del Resuelvo de la presente resolución).10

    9.2.- El Inventario de Emisiones, individualizado precedentemente, fue aprobado por el Comité Operativo para la elaboración del Plan de Descontaminación de Copiapó y Tierra Amarilla, en su séptima sesión, efectuada el 22 de julio de 2024.

    9.3.- La resolución Nº 1.099/2023 y el informe Nº 922, ambos de Senapred, que declaran Alerta Temprana Preventiva por pronóstico de viento "normal a moderado", para la comuna de Tierra Amarilla y otras comunas de la Región de Atacama, a contar del día 17 de agosto de 2023.

    9.4.- Las concentraciones de MP, reportadas por la Cía. Minera Candelaria en agosto de 2023, para la estación de monitoreo Tierra Amarilla en su Informe Serpram INF-CCMC-003-23 reportado al Sistema Nacional de Fiscalización (SNIFA), de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), cuyos valores horarios registraron un máximo de 548 ug/Nm³, y un promedio móvil de 24 hrs. superior a 180 ug/m³N entre las 01:00 y 15:00 horas del día 21 de agosto, constatándose una condición de Alerta Ambiental, que alcanzó un índice de calidad del aire máximo de 224 ICAP, según la normativa vigente (DS Nº12/2021 del MMA).10

    9.5.- Las observaciones y acuerdo respecto de la propuesta de medidas parte de la Superintendencia del Medio Ambiente, contenidas en oficio Ord. Nº1243, del 16 de junio de 2025, en respuesta al oficio Ord. MMA Nº 2730, de 28 de abril de 2025, del Ministerio del Medio Ambiente.

  10. - Que, con el objetivo de resguardar la salud de sus habitantes y proteger el medio ambiente, conforme lo establecido en los artículos 69 y 43 bis de la ley Nº 19.300, corresponde a esta Secretaría de Estado aprobar las medidas provisionales que a continuación se indican.

    Resuelvo:

  11. Apruébense las siguientes medidas provisionales, en conformidad con el artículo 43 bis de la ley Nº 19.300 para la zona saturada de las ciudades de Copiapó y Tierra Amarilla, con el objetivo de resguardar la salud de sus habitantes y proteger el medio ambiente:

    MEDIDAS PROVISIONALES EN CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 43 BIS DE LA LEY Nº 19.300 PARA LA ZONA SATURADA DE LA CIUDAD DE COPIAPÓ Y TIERRA AMARILLA

  12. Antecedentes

    Con el objetivo de prevenir el incremento significativo de las concentraciones de Material Particulado, en especial las fracciones respirables MP y MP10 , emisiones de SO2 como precursores de MP2,5 y Material Particulado Suspensión (MPS), en las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla, se ha previsto la implementación de las siguientes Medidas Provisionales:2,5

    1. Control de Emisiones de Material Particulado en Depósito de Relaves y Depósito de Almacenamiento al aire libre: En consideración al control permanente de las emisiones desde los depósitos o de relaves o depósitos de almacenamiento al aire libre asociado a las actividades productivas de las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla.

    2. Plan Operacional y seguimiento preventivo de Emisiones de Material Particulado en condiciones de viento intenso: Lo anterior, en consideración a eventos meteorológicos extremos asociados al incremento de la intensidad del viento y su potencial impacto en el incremento de las concentraciones de Material Particulado observadas en las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla.

    3. Compensación de Emisiones en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ("SEIA"): Lo anterior, con el objetivo de prevenir y controlar las emisiones de contaminantes de los proyectos (nuevos o modificaciones de proyectos existentes) a desarrollar en las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla en sus fases de Construcción, Operación y Cierre.

    Las medidas a) y b) aplicarán a las fuentes de emisión de las siguientes empresas:

    Cuadro Nº1. Principales fuentes emisoras de MP sector Minería

    *Principales fuentes emisoras de MP identificadas en el Inventario de Emisiones Año Base 2020.

  13. Medidas provisionales para las Comunas de Copiapó y Tierra Amarilla

    2.1. Control de Emisiones de Material Particulado en Depósito de Relaves y Depósitos de Almacenamiento al aire libre.

    Las empresas sujetas a medidas provisionales...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR