Resolución núm. 4043 EXENTA, publicada el 25 de Mayo de 2019. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA HOSPITAL EL CARMEN DR. LUIS VALENTÍN FERRADA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA HOSPITAL EL CARMEN DR. LUIS VALENTÍN FERRADA
Núm. 4.043 exenta.- Santiago, 22 de julio de 2015.
Vistos:
Las facultades que me concede la Ley N° 20.065 sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico Legal; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1-19.653 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo establecido en el Art. 7 del Código Sanitario; Ley N° 19.880 que establece las Bases de Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución exenta N° 8.833 de 30 de septiembre de 2010; la resolución exenta N° 10.649 de fecha 16 de septiembre de 2011; y la resolución N° 1.600 de 2008, que establece normas sobre exención del trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Que, el Servicio Médico Legal ha fijado los procedimientos de toma de muestra sanguínea para la práctica de exámenes alcoholemias, estableciendo los procedimientos administrativos consustanciales a éste y velando por la seguridad, conservación e invulnerabilidad de las muestras que serán derivadas a este servicio para su procesamiento, observando además las normas que constituyan la cadena de custodia y sigilo correspondiente a todo examen médico legal y el despacho oportuno y reservado de los mismos a los Tribunales Ordinarios de Justicia, Ministerio Público u otros organismos competentes que lo soliciten.
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- Que, el procedimiento para determinar la dosis de alcohol en la sangre está compuesto por diversas etapas reguladas en el texto sobre Instrucciones y Normativa Técnica sobre Exámenes de Alcoholemia, aprobado por resolución exenta N° 8.833/2010.
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- Que, se estima necesario e indispensable contar con establecimientos o servicios competentes, públicos y/o privados, es decir, Servicios de Asistencia Pública, Hospitales, Postas de Primeros Auxilios de los Servicios de Salud, Clínicas Privadas, que estén capacitados para la toma de muestras sanguíneas para la realización de exámenes de alcoholemia, en los casos de alcoholemias voluntarias, también deberá efectuarse dicho peritaje con análogas formalidades y similar tecnología, cumpliéndose la Normativa Técnica del Servicio.
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- Que, el Hospital El Carmen Dr. Luis Valentín Ferrada, cuenta con la aprobación técnica...
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