Resolución núm. 3583 EXENTA, publicada el 25 de Mayo de 2019. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA HOSPITAL DE LOTA - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 787283961

Resolución núm. 3583 EXENTA, publicada el 25 de Mayo de 2019. APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA HOSPITAL DE LOTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROCEDIMIENTO DE TOMA DE MUESTRAS PARA EXÁMENES DE ALCOHOLEMIA HOSPITAL DE LOTA

Núm. 3.583 exenta.- Santiago, 30 de junio de 2015.

Vistos:

Las facultades que me concede la ley N° 20.065 sobre Modernización, Regulación Orgánica y Planta del Personal del Servicio Médico Legal; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo establecido en el Art. 7 del Código Sanitario; la resolución exenta Nº 8.833/10 publicada en el Diario Oficial de la República el 30 de septiembre de 2010, y la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que, el Servicio Médico Legal ha fijado los procedimientos de toma de muestra sanguínea para la práctica de exámenes de alcoholemia, estableciendo los procedimientos administrativos consustanciales a éste y velando por la seguridad, conservación e invulnerabilidad de las muestras que serán derivadas a este Servicio para su procesamiento, observando además las normas que constituyan la cadena de custodia y sigilo correspondiente a todo examen médico legal y el despacho oportuno y reservado de los mismos a los Tribunales, Ministerio Público u otros organismos competentes que lo soliciten;

  2. - Que, el procedimiento para determinar la dosis de alcohol en la sangre está compuesto por diversas etapas reguladas en el texto sobre Instrucciones y Normativa Técnica sobre Exámenes de Alcoholemia, aprobado por resolución exenta Nº 8.833/2010;

  3. - Que, se estima necesario e indispensable contar con establecimientos o servicios competentes, públicos y/o privados, es decir, Servicios de Asistencia Pública, Hospitales, Postas de Primeros Auxilios de los Servicios de Salud, Clínicas Privadas, que estén capacitados para la toma de muestras sanguíneas para la realización de exámenes de alcoholemia, en los casos de alcoholemias voluntarias, también deberá efectuarse dicho peritaje con análogas formalidades y similar tecnología cumpliéndose la Normativa Técnica del Servicio;

  4. - Que, el Hospital de Lota cuenta con la aprobación técnica del Área de Laboratorios del Servicio Médico Legal, según da cuenta oficio Nº 2.632-L/15 de fecha 19 de junio del año en curso, que adjunta informe técnico del área de...

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