Resolución núm. 281 EXENTA, publicada el 22 de Agosto de 2025. DELEGA FACULTAD DE FIRMAR POR ORDEN DEL SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD, EN FUNCIONARIOS QUE INDICA - vLex Chile

Resolución núm. 281 EXENTA, publicada el 22 de Agosto de 2025. DELEGA FACULTAD DE FIRMAR POR ORDEN DEL SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD, EN FUNCIONARIOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTAD DE FIRMAR POR ORDEN DEL SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD, EN FUNCIONARIOS QUE INDICA

Núm. J1-281 exenta.- Temuco, 5 de agosto de 2025.

Vistos:

Estos antecedentes:

l. Solicitud del Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía al Departamento Jurídico, en orden a efectuar delegación de facultades en la jefatura del Departamento de Acción Sanitaria y en ausencia de quien ostenta dicho cargo, en su subrogante.

  1. Resolución exenta N° 14.269, de fecha 25/08/2009, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía.

  2. Resolución exenta N°J1-10.896, de fecha 28/07/2017, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía.

  3. Ordinario B3/N° 469, de fecha 02/02/2017, del Subsecretario de Salud Pública.

    Considerando:

  4. Que, por resolución exenta de Vistos Nº 2, se delegó en el Jefe del Departamento de Acción Sanitaria y en caso de ausencia en su subrogante, la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por Orden del Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía", documentos relativos a funciones de fiscalización, instrucción de sumarios sanitarios y otorgación de autorizaciones sanitarias.

  5. Que, debido a la modernización de la información digital de la autoridad sanitaria, se instruyó a las Seremi de Salud del país, a través de ordinario de Vistos N° 4, utilizar de manera continua los módulos digitales disponibles (Módulo Sumarios Sanitarios, Módulo MIDAS).

  6. Que, para dar cumplimiento a lo anterior y con el objeto de organizar en forma eficiente y eficaz la labor técnica y administrativa que debía y debe cumplir esta Secretaría Regional Ministerial de Salud, se estimó pertinente delegar la facultad de firmar las resoluciones exentas que sancionan con amonestación los sumarios sanitarios tramitados a través de la Plataforma MIDAS, en el Jefe del Departamento de Acción Sanitaria de esta Seremi de Salud.

  7. Que, debido a la necesidad de proveer una atención expedita y adecuada a las personas en las materias de competencia de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud y la conveniencia de organizar en forma eficiente y eficaz la labor que debe cumplir esta Autoridad Sanitaria, es que se hace necesario dictar una nueva resolución y desconcentrar la firma de documentos en funcionarios que se indicarán.

  8. Que, las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, en cuanto órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, tiene facultades que le son propias y que han sido definidas en los artículos 12 y 13 del DFL N° 1 de 2005 que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del DL N° 2.763/79 y de las Leyes N° 18.933 y N° 18.469, no existiendo por ello impedimento legal para delegar las mismas en funcionarios de su dependencia, permitiendo así la desconcentración de la firma de documentos en algunos funcionarios, para hacer más expedito el despacho, las decisiones y resoluciones.

  9. Que conforme al artículo 41 de la ley 18.575 a) La delegación deberá ser parcial y recaer en materias específicas; b) Los delegados deberán ser funcionarios de la dependencia de los delegantes; c) El acto de delegación deberá ser publicado o notificado, según corresponda; d) La responsabilidad por las decisiones administrativas que se adopten o por las actuaciones que se ejecuten recaerá en el delegado, sin perjuicio de la responsabilidad del delegante por negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones de dirección o fiscalización, y e) La delegación será esencialmente revocable.

    Teniendo presente:

    l. Artículo 41 del DFL N° l/19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

  10. Código Sanitario DFL Nº 725/68.

  11. DFL Nº 1/06 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763/79 y de las Leyes Nº 18.933 y N° 18.469.

  12. Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

  13. Decreto supremo Nº 136/05 Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud.

  14. Decreto Afecto N° 32, de fecha 18 de marzo de 2022 del MINSAL, que designa a D. Ricardo Andrés Cuyul Soto, en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud Región de La Araucanía.

  15. Resolución Nº 36/2024 de la Contraloría General de la República; dicto la siguiente;

    Resolución

    Primero. Deléguese, en la(el) Jefa(e) del Departamento de Acción Sanitaria de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de La Araucanía y en su ausencia en su subrogante, la facultad de firmar por orden del Secretario Regional Ministerial de Salud los documentos relativos a las siguientes materias:

    1. TRÁMITES LOCALES USO PÚBLICO:

  16. - Aprobación de proyecto de cementerios.

  17. - Aprobación de proyecto, instalación y recepción de obras de sepulturas y criptas.

  18. - Aprobación de proyecto de crematorios.

  19. - Autorización de funcionamiento de empresas funerarias.

  20. - Autorización de funcionamiento de velatorios.

  21. - Aprobación de proyecto de piscinas de uso público o uso público restringido.

  22. - Autorización de funcionamiento de piscinas de uso público o uso público restringido.

  23. - Autorización de funcionamiento para camping o campamento de turismo.

  24. - Autorización sanitaria de funcionamiento de baños de acceso público.

  25. - Autorización de funcionamiento para establecimientos destinados a dar alojamiento a personas.

  26. - Informe sanitario para establecimientos educacionales.

  27. - Informe sanitario para la modificación de condiciones iniciales de funcionamiento de establecimientos educacionales.

  28. - Informe sanitario para locales de uso público.

    1. TRÁMITES AGUA:

  29. - Aprobación de proyecto de sistema particular de agua potable y aguas servidas.

  30. - Autorización de funcionamiento de sistema particular de agua potable y aguas servidas.

  31. - Aprobación de proyecto de sistema de tratamiento de residuos industriales liquidos.

  32. - Autorización de funcionamiento de sistema de tratamiento de residuos líquidos industriales.

  33. - Autorización para sistemas de provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe.

  34. - Certificado de capacitación para operadores de sistemas de provisión de agua potable mediante el uso de camión aljibe.

  35. - Aprobación de proyecto de sistema de provisión de agua potable sin fuente propia.

  36. - Autorización de funcionamiento de sistema particular de agua potable sin fuente propia.

  37. - Aprobación de proyecto de sistema de reutilización de aguas grises.

  38. - Autorización de funcionamiento de sistemas de reutilización de aguas grises.

    1. TRÁMITES SALUD OCUPACIONAL:

  39. - Autorizar dotación de agua consumo humano DS 594/1999, del Ministerio de Salud que "Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo".

  40. - Autorizar aumento distancia de servicios higiénicos DS 594/1999, del Ministerio de Salud que "Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo".

  41. - Solicitud de registro de calderas autoclaves DS 10/2012, del Ministerio de Salud que "Aprueba reglamento de calderas, autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua".

  42. - Autorización de profesionales para efectuar revisiones y/o pruebas de calderas y generadores de vapor DS 10/2012 del Ministerio de Salud que "Aprueba reglamento de calderas, autoclaves y equipos que utilizan vapor de...

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