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Resolución núm. 28 EXENTA, publicada el 01 de Febrero de 2020. RESUELVE PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO
Rango de LeyResolución

RESUELVE PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN ADMINISTRATIVA QUE INDICA

Núm. 28 exenta.- Santiago, 16 de enero de 2020.

Visto:

Lo dispuesto en la ley N° 19.023, que crea el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género; la ley N° 20.820, que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, y modifica normas legales; la Ley N° 19.880, de Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el DFL N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el DFL N° 29, del Ministerio de Hacienda, que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; resolución TRA 121830/83/2018, de fecha 25 de septiembre de 2018, resolución exenta N° 3.118 de 24 de octubre de 2017; resolución exenta N° 1.297 de fecha 10 de septiembre de 2019; resolución exenta N° 1.486 de 6 de diciembre de 2019, todas del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género; lo dispuesto en la resolución N° 6 de 2019, de la Contraloría de la República.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, en adelante SernamEG, mediante resolución exenta N° 3.118/2017, convocó a un Concurso Público de Ingreso a la Planta a fin de proveer los cargos que se encontraban vacantes producto de modificación de la Planta del Personal, fijada en el DFL N° 1 de 2016 del Ministerio de Desarrollo Social, aprobándose en la mencionada resolución las bases al efecto, cuyo extracto fue publicada en el Diario Oficial con fecha 2 de noviembre de 2017.

  2. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2° del decreto supremo N° 69 de 2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento que regirá los Concursos que se desarrollen en los Ministerios y Servicios afectos a la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, el concurso consistirá en un procedimiento técnico y objetivo aplicado a los postulantes del mismo, agregando en su artículo 3° que, en los concursos se deberán adoptar las medidas pertinentes para asegurar la objetividad, transparencia, no discriminación e igualdad de condiciones y su calidad técnica.

  3. Que, en mérito de lo señalado precedentemente y, en relación a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 18.834, es imperante para la Administración del Estado, adoptar las medidas que sean necesarias para asegurar en sus certámenes la igualdad de oportunidades de sus postulantes, quedando por tanto prohibido, todo acto de discriminación que se traduzca en exclusiones o preferencias que tengan por objeto anular o alterar dicho principio. Criterio que ha sido acogido por la jurisprudencia administrativa, entre otros en el dictamen N° 29.835, de 2018.

  4. Que, en mérito de lo señalado y en cumplimiento de lo dispuesto, por el decreto supremo N° 69 de 2004 del Ministerio de Hacienda, ya citado, con fecha 4 de septiembre de 2017, la máxima autoridad de SernamEG, de la época, mediante resolución exenta N° 2.501, nombra al Comité de Selección para el concurso público referido en el considerando primero precedente y dispone la constitución de un "Equipo Técnico", liderado por la Jefa de la Unidad de Desarrollo de las Personas de la época, e integrado por cuatro profesionales, con la finalidad de que efectuaran la revisión de los antecedentes acompañados por los postulantes del certamen.

  5. Que, una vez concluido el proceso concursal referido precedentemente, se verificó la existencia de una serie de errores de cálculo en los puntajes asignados a los y las postulantes que conformaban las ternas y que finalmente fueron seleccionados/as, conforme a ello el Servicio, mediante oficio N° 81 de 22 de febrero de 2018, solicita el retiro de los actos en cuya virtud se nombraba a los titulares de las plantas concursadas, correspondientes a las resoluciones TRA N°s 121830/1/2018, 121830/2/2018, 121830/3/2018, nombramientos que se reingresan mediante las resoluciones TRA N°s 121830/58/2018...

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