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Resolución núm. 231, publicada el 22 de Abril de 2016. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA QUE INDICA

Núm. 231.- Copiapó, 31 de marzo de 2016.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 107° y 113° del DFL N° 1 de 2007, de los Ministerios de Justicia y de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.290 de Tránsito; la ley N° 18.059; el decreto N° 255 de 1981 y las resoluciones N° 59 de 1985 y N° 39 de 1992, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y la demás normativa vigente que resulte aplicable;

Considerando:

  1. Que mediante ingreso N° 519, de fecha 29 de marzo de 2016, Compañía Minera Candelaria ha informado a esta autoridad que, en el contexto de los "Trabajos de Tronadura", requiere suspender temporalmente la circulación de todo tipo de vehículos en la Ruta C-397.

  2. Que esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular.

  3. Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL N°1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo.

    Resuelvo:

  4. - Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, entre los días 1 y 30 de abril de 2016 (ambos inclusive), en la Ruta C-397 de la Región de Atacama, desde el km 7,150 hasta el km 11,000, en calzada completa, entre las 14:00 hrs. y 14:30 hrs.

  5. Podrán circular excepcionalmente en el tramo señalado, los vehículos de emergencia, y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento eventual, en caso que existiere.

  6. La empresa a cargo de las obras deberá respetar estrictamente el periodo de cierre de la Ruta en el tramo indicado en la presente resolución, y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para...

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